¿Cuánto me tocaría de finiquito si renuncio? Esto supone la ley
Renunciar a un empleo no significa salir con las manos vacías, debido a que los días trabajados sin pagar y las prestaciones acumuladas pueden formar parte del dinero que corresponde recibir al terminar la relación laboral.
Pero, ¿cómo saber si la cantidad que ofrece la empresa es correcta? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué deben pagarte si renuncias?
El finiquito no tiene una cantidad fija para todos los trabajadores. Se integra con los salarios y las prestaciones que estén pendientes al momento de la separación.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que el patrón está obligado a pagar un finiquito equivalente a “las prestaciones o derechos que te adeude en su parte proporcional”.
Entre los conceptos que deben revisarse están:
- Salarios pendientes: El pago de los días que trabajaste y todavía no has cobrado.
- Aguinaldo proporcional: La cantidad generada durante el año hasta tu salida, conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
- Vacaciones pendientes y proporcionales: Los días generados que no hayas disfrutado y la parte correspondiente al periodo trabajado. El artículo 79 de la LFT reconoce una remuneración proporcional cuando la relación termina antes de completar el año de servicios.
- Prima vacacional: El artículo 80 de la LFT establece un mínimo de 25% sobre los salarios correspondientes a las vacaciones.
- Otras prestaciones adeudadas: Las que procedan según tu contrato o las condiciones de trabajo, como comisiones o bonos ya generados.
¿Cómo puedes calcular cuánto te corresponde?
Necesitas conocer tu salario diario, las fechas de ingreso y salida, los días de vacaciones pendientes y las prestaciones que ya recibiste. El aguinaldo se calcula por año calendario; las vacaciones dependen de tu antigüedad y del periodo de servicios correspondiente.
Para estimar el aguinaldo proporcional, con salario fijo, puedes multiplicar tu salario diario por los días de aguinaldo que otorga la empresa, dividir entre 365 y multiplicar por los días computables trabajados durante el año.
Por ejemplo, con un salario diario de 400 pesos, un aguinaldo anual de 15 días y 180 días computables, el resultado sería aproximadamente 2,958.90 pesos de aguinaldo proporcional. Esa cifra es sólo un componente del finiquito, antes de las retenciones que correspondan.
Después deben sumarse las vacaciones pendientes, su prima y los demás adeudos. Si alguna prestación ya fue pagada, debe considerarse para evitar contarla dos veces.
¿También corresponde prima de antigüedad?
En una renuncia voluntaria, el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajocontempla esta prestación para trabajadores de planta con al menos 15 años de servicios.
Aquí se establecen “doce días de salario, por cada año de servicios”. Para calcularla se aplican las reglas salariales de los artículos 485 y 486 de la LFT, incluido el límite de dos salarios mínimos cuando corresponda.
El finiquito por renuncia tampoco implica recibir automáticamente los tres meses de indemnización asociados al despido injustificado. Son conceptos distintos.
En conclusión: antes de aceptar el finiquito, pide un desglose. Cada concepto debe mostrar qué periodo cubre y cómo se calculó. Esa información permite revisar si el pago refleja lo que realmente quedó pendiente.

