¿Un jefe puede amenazar a un trabajador con despido? Esto supone la ley
Nadie quiere escuchar la palabra “despedido” mientras está trabajando. Sin embargo, hay jefes que recurren a esa posibilidad para exigir resultados, modificar condiciones laborales o intentar que un empleado acepte determinadas decisiones.
Pero, ¿realmente un patrón puede recurrir a ese tipo de amenazas o la ley establece límites? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la ley sobre las amenazas de despido?
En México, un patrón no puede despedir a un trabajador simplemente porque así lo decida.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en su artículo 47 las causas que justifican la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el empleador, como actos de violencia, faltas de probidad, ausencias injustificadas o revelar información confidencial, entre otras.
Por ello, utilizar el despido como una forma de presión no reemplaza la obligación de acreditar una causa legal cuando realmente se pretende terminar la relación laboral.
¿Qué pasa si las amenazas son constantes?
La ley laboral también protege a los trabajadores cuando las presiones o amenazas cruzan ciertos límites.
El artículo 51, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo establece que el trabajador puede rescindir la relación laboral sin responsabilidad para él cuando el patrón, sus familiares o representantes incurran en actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento, acoso o malos tratos durante la prestación del servicio.
Es decir, una amenaza aislada no necesariamente implica una violación a la ley, pero cuando forma parte de un ambiente de intimidación o de conductas reiteradas, puede tener consecuencias jurídicas previstas por la propia legislación laboral.
¿Qué puede hacer un trabajador ante las amenazas?
Si una persona considera que fue despedida sin causa legal o que las amenazas formaron parte de un ambiente de hostigamiento o malos tratos, puede acudir al centro de conciliación de su entidad para iniciar el procedimiento legal correspondiente.
Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recuerda que, cuando un patrón rescinde la relación laboral, debe entregar un aviso por escrito en el que señale la causa del despido y la fecha en que ocurrieron los hechos. Si no cumple con ese requisito, el despido puede ser considerado injustificado.

