Aguinaldo 2025: ¿tienes derecho a cobrar si renunciaste o te despidieron?
Diciembre avanza y al mismo tiempo una de las dudas más comunes para miles de trabajadores: ¿qué pasa con el aguinaldo si renuncié o me despidieron antes del 20 de diciembre?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) confirmó que todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir esta prestación, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te decimos lo que debes saber al respecto.
Derecho al aguinaldo garantizado
La STPS informó que el aguinaldo es un derecho laboral irrenunciable, por lo que debe pagarse de manera completa o proporcional, dependiendo del tiempo laborado durante el año.
“¿Renunciaste o tu relación laboral concluyó antes del 20 de diciembre? Tienes derecho al pago proporcional de tu aguinaldo por el tiempo laborado”, escribió la dependencia en sus redes sociales.
Esto significa que sin importar si el trabajador renunció, fue despedido o su contrato terminó por cualquier motivo, la empresa está obligada a entregar la parte correspondiente del aguinaldo.
¿Cuánto te deben pagar si no laboraste el año completo?
La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo mínimo es de 15 días de salario, pero cuando la relación laboral termina antes de fin de año, el pago debe calcularse de forma proporcional.
Si solo trabajaste una parte del año, tu aguinaldo se calcula así:
1. Se toma tu salario diario.
2. Se multiplica por 15 (días mínimos de aguinaldo).
3. El resultado se divide entre 365.
4. Ese monto se multiplica por los días que realmente trabajaste en el año.
El patrón está obligado a cubrir ese pago proporcional del aguinaldo sin importar la causa de separación laboral.
¿Cuándo deben pagártelo?
La STPS reiteró que el aguinaldo debe entregarse antes del 20 de diciembre, incluso en casos de pagos proporcionales.
Si tu relación laboral terminó, la empresa debe realizar el depósito al momento de la liquidación o finiquito, o en su defecto, antes del 20 de diciembre si ya existe acuerdo pendiente.
¿Y si la empresa no quiere pagarlo?
En caso de qué la empresa se niegue a pagar el aguinaldo no te debes preocupar, la STPS y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) pueden brindar asesoría gratuita.
En conclusión, si renunciaste, fuiste despedido o tu contrato terminó antes del 20 de diciembre, sí tienes derecho a recibir tu pago de aguinaldo proporcional. Es un derecho reconocido en la ley y respaldado por las autoridades laborales.

