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Patrones deberán pagar intereses sobre aguinaldo y vacaciones en despidos injustificados

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¿Eres o conoces a algún trabajador que haya sido despedido de manera injustificada? Presta atención a la siguiente información, debido a que no solo tiene derecho a salarios caídos: también puede exigir intereses sobre el aguinaldo y la prima vacacional.

Se trata de una nueva jurisprudencia del Pleno Regional en materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur. La resolución refuerza la protección de los derechos laborales y obliga a los empleadores a asumir una mayor responsabilidad en caso de incumplimiento. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

Jurisprudencia que protege a los trabajadores

El criterio, aprobado y publicado el 9 de mayo de 2025, surge de contradicciones entre tribunales sobre si estas prestaciones debían formar parte de la condena. Con esta decisión, se determinó que sí generan intereses, aun cuando se calculen de manera autónoma respecto al salario base.

El Pleno Regional precisó: “el pago del aguinaldo y la prima vacacional a la que se condena a la parte patronal en los juicios por despido injustificado sí generan los intereses previstos en los artículos citados, aun cuando se calculen de forma autónoma al salario base de la condena”.

La resolución se apoya en el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé el pago de salarios caídos con intereses en casos de despido injustificado.

De igual manera, retoma lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, que mantiene el mismo principio de protección laboral.

El fallo subraya que “conforme a la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo y la prima vacacional integran el salario, porque son prestaciones que se entregan al trabajador. Los intereses tienen naturaleza similar a los salarios caídos y constituyen una responsabilidad forzosa para la parte patronal que despidió injustificadamente”.

Alcance de la decisión

Este criterio busca fortalecer la justicia laboral, al reconocer que el aguinaldo y la prima vacacional no son simples complementos, sino parte del salario que merece una compensación justa cuando un trabajador es separado de manera ilegal.

Con ello, cualquier patrón condenado por despido injustificado deberá cubrir, además de los salarios caídos, los intereses derivados de estas prestaciones, reforzando así el principio de responsabilidad patronal y la defensa de los derechos de la clase trabajadora.

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