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¿Trabajas en apps de Uber o Rappi? Estos cambios aplica la ley en derechos y seguridad social

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Los trabajadores de plataformas digitales ya no estarán en la sombra legal. A partir de la reforma laboral aprobada por el Congreso, quienes prestan servicios mediante aplicaciones como Uber, Didi, Rappi o similares contarán con acceso a seguridad social y prestaciones, siempre que perciban al menos un salario mínimo mensual.

Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto de los derechos laborales en plataformas digitales.

Una primavera de derechos laborales

En entrevista con Oscar Mario Beteta para Heraldo Radio, el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Baruch Bolaños López, destacó que el objetivo del gobierno es “construir un modelo humanista” que reconozca plenamente los derechos de repartidores y conductores.

“Estamos comprometidos en que las personas trabajadoras de las plataformas digitales cuenten con seguridad social, protección para accidentes de trabajo y acceso a sus derechos”, afirmó el funcionario.

Bolaños aseguró que México vive una “primavera de derechos laborales”, gracias a una serie de reformas estructurales que han fortalecido el reconocimiento y la protección de las personas trabajadoras. Entre ellas, mencionó la prohibición del outsourcing abusivo y la reciente inclusión de los trabajadores de apps en la Ley Federal del Trabajo.

“Hemos tenido avances importantes. Esta reforma no representa una carga para los usuarios ni un aumento de impuestos para los trabajadores”, subrayó.

¿Qué establece la ley?

La reforma aprobada por unanimidad en diciembre de 2024 en la Cámara de Diputados —con 462 votos a favor— incorpora un capítulo especial en la Ley Federal del Trabajo para regular el trabajo en plataformas digitales. Esta modificación garantiza que, si un trabajador genera ingresos equivalentes o superiores al salario mínimo mensual, tendrá derecho a:

  • Afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  • Atención médica y seguro por riesgos de trabajo
  • Aportaciones para retiro y pensión
  • Vacaciones, aguinaldo y reparto de utilidades
  • Guarderías y prestaciones sociales adicionales

Además, se reconoce la figura del “trabajador subordinado sui generis”, lo que permite mantener la flexibilidad de horarios y autonomía de los repartidores, sin renunciar a la protección laboral.

Etapa de implementación

El esquema entró en vigor como programa piloto el 1 de julio de 2025, con el acompañamiento del IMSS. Durante esta fase se evaluarán las condiciones de ingreso, aportaciones y cobertura, con el fin de afinar los lineamientos técnicos para su implementación total.

Bolaños explicó que se trata de una reforma construida mediante diálogo social con trabajadores, empresas y autoridades.

“Esta transformación se dio gracias a los acuerdos. No hubo imposición. Fue un proceso de consenso entre los actores involucrados”, dijo.

Aunque la reforma en materia laboral ha sido celebrada por organizaciones como la Unión Nacional de Trabajadores por Aplicación, algunas plataformas han expresado reservas. Diversos repartidores también han manifestado temor de que la formalización implique una reducción de ingresos, aunque la STPS ha aclarado que no se modificarán las cargas tributarias actuales.

Bolaños rechazó las campañas de desinformación: “Nadie perderá ingresos ni se obligará a cambiar el esquema actual de trabajo. Solo estamos reconociendo y protegiendo los derechos que por justicia les corresponden”.

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