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¿Se eliminará el cobro de ISR en aguinaldos? Esto dicen los diputados 

El aguinaldo llega durante la temporada de fin de año y al mismo tiempo los planes financieros. Pero antes de sacar cuentas surge una duda: ¿el dinero se entrega completo o puede descontarse una parte por impuestos?

La posibilidad de eliminar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a dicha prestación volvió a discutirse en la Cámara de Diputados, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué decisión tomaron los diputados? 

Las y los diputados rechazaron la propuesta para dejar la prestación del aguinaldo completamente libre del pago de  Impuesto Sobre Renta (ISR).

Durante la discusión de la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta, el diputado Armando Tejeda Cid presentó una reserva para modificar el dictamen y eliminar el impuesto sobre esta prestación.

Sin embargo algo, el pleno no admitió el cambio a discusión. 

“En votación económica no se admite a discusión la propuesta de modificación”, menciona el Sistema de Información Legislativa.

Es decir, la reserva fue desechada por lo que dicha propuesta no consiguió una eliminación total de impuesto para el aguinaldo. 

¿Qué dice la ley sobre el aguinaldo? 

Es importante recordar que el derecho al aguinaldo está reconocido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Para quienes se rigen por esta ley, el pago debe ser de al menos 15 días de salario por un año de servicio y entregarse antes del 20 de diciembre.

Para quienes no hayan cumplido el año de servicio tienen derecho a recibir la parte proporcional al tiempo trabajado. 

Ese respaldo laboral obliga al patrón a cubrir la prestación. En cambio, la regla fiscal del pago de ISR se encuentra en la Ley del Impuesto sobre la Renta, que determina qué parte está exenta y cuándo corresponde pagar el impuesto.

¿Qué parte del aguinaldo está libre de ISR?

El impuesto no se calcula sobre todo el pago de aguinaldo. El artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta contempla una exención para las gratificaciones de los trabajadores, mientras que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) identifica el límite aplicable al aguinaldo en 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

Cuando el pago de aguinaldo supera ese límite, el monto excedente quedaría sujeto al ISR. Lo que la propuesta legislativa buscaba era ampliar esa protección a la totalidad del aguinaldo. 

Pero al no avanzar la iniciativa, se mantendrá vigente la regla: el derecho a recibir la prestación de aguinaldo permanece, aunque el depósito puede incluir una retención de ISR cuando se rebasa el límite fiscal. 

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