El Día de Muertos es una de las celebraciones más tradicionales en nuestro país, sin embargo, algunos mexicanos tendrán la responsabilidad de acudir a trabajar con normalidad.
En el sitio de “El Mundo del Derecho” nos interesa brindarte la mejor información, por eso aquí te explicamos lo que indica la ley en materia salarial.
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De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 1 de noviembre (Día de Muertos) no es considerado un día de descanso obligatorio en nuestro país.
Y a pesar de que esta fecha no se tiene contemplado como un día de descanso oficial, en algunas empresas o áreas gubernamentales se otorga este día para sus trabajadores. Sin embargo, dicha decisión dependerá del jefe directo o de la organización de cada lugar.
Otro factor a considerar es que la celebración del Día de Muertos de este año ocurrirá durante los días viernes y sábado, por lo que para muchos trabajadores esto se podría convertir en un puente de descanso.
Aquellos trabajadores que tengan la responsabilidad de acudir a trabajar el viernes 1 de noviembre no tendrán derecho a cobrar un pago de salario doble.
Esto se debe a que en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo no se considera el Día de Muertos como una fecha de descanso oficial.
Esto mismo aplica para el sábado 2 de noviembre, dado que tampoco es un día de descanso oficial y dicha fecha caerá en fin de semana.
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En la Ley Federal del Trabajo se establece que los trabajadores mexicanos tiene derecho a descansar los siguientes días:
Estos días de descanso obligatorio se encuentran establecidas en el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que tu patrón no te podría obligar a laborar con normalidad.