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¿Qué significa juzgar con perspectiva de infancia? Esto dice una ministra 

En un juicio pueden hablar madres, padres, abogados y especialistas en materia legal. Pero existe una voz que la autoridad judicial también debe tomar en cuenta: niña, niño o adolescente. 

La ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó cómo funciona la perspectiva de infancia en los tribunales. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la Corte sobre la perspectiva de infancia? 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con un Protocolo para juzgar con perspectiva de infancia y adolescencia, que orienta a las personas juzgadoras en asuntos relacionados con sus derechos. 

Para la ministra Ortiz Ahlf, el punto de partida es reconocer que “niñas, niños y adolescentes son personas titulares de derechos”. Esto significa que una autoridad no puede limitarse a escuchar a sus familiares y decidir por ellas y ellos: también debe conocer sus necesidades, opiniones y circunstancias.

Es decir, la edad importa, pero no cuenta toda la historia. La persona juzgadora debe considerar la etapa de desarrollo de cada niña, niño o adolescente y el contexto en el que vive. Una decisión sobre su familia, educación, salud o seguridad puede tener consecuencias distintas según el caso.

¿Cómo se aplica al tomar una decisión? 

La ministra resume este enfoque en cuatro acciones:  

  • Escuchar: Conocer qué piensa y qué quiere la niña, niño o el adolescente, de acuerdo con su edad y madurez.
  • Conocer el contexto: Identificar su situación familiar y social, así como las circunstancias que pueden influir en el caso.
  • Valorar las consecuencias: Examinar cómo afectaría cada posible decisión a sus derechos y a su desarrollo.
  • Decidir: Elegir la medida que mejor proteja su interés y explicar las razones.

El primer paso requiere cuidado, por lo que la ministra Ortiz Ahlf señala que escuchar “implica crear condiciones adecuadas para que las niñas, niños y adolescentes puedan expresar su opinión de manera libre y sin presiones”.

Entonces, no basta con hacerles una pregunta: importa que puedan responder en un entorno donde se sientan seguros y comprendan lo que ocurre. 

Para ello, la Corte contempla medidas para adecuar la forma de recabar su testimonio, incluida la participación de personal especializado cuando sea necesaria. 

¿Juzgar con esta perspectiva es darle siempre la razón? 

No, la SCJN considera que escuchar la opinión de los menores es indispensable para conocer mejor el caso. Pero la ministra aclara que este enfoque no supone aceptar automáticamente lo que pida una niña, niño o adolescente, tratarle como a una persona adulta ni aplicar la misma solución a todas las infancias.

El criterio central es el interés superior de la niñez: si una resolución puede afectarles, sus derechos deben ocupar un lugar central en el análisis. Así la autoridad tiene la responsabilidad de explicar por qué la medida elegida los protegería mejor.

En conclusión: juzgar con perspectiva de infancia exige que, antes de resolver, la justicia conozca a la persona menor detrás del expediente y tome en serio lo que tiene que decir.

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