OAJ: ¿qué pasaría si un trabajador perdiera la vida por un accidente laboral?
Un accidente en el que una persona pierde la vida puede dejar a una familia frente a una pregunta decisiva: ¿qué prestaciones le corresponden cuando la muerte está relacionada con el trabajo?
La respuesta legal también puede depender de lo ocurrido durante el traslado, incluso antes de llegar al centro laboral. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué resolvió el Tribunal?
De acuerdo con el Órgano de Administración Judicial (OAJ), un tribunal laboral federal de asunto individuales, con sede en el Estado de México, analizó un caso de un trabajador que falleció en un accidente durante el trayecto de su domicilio a su sede laboral en un vehículo.
Al resolver el Procedimiento Especial Individual 93/2024, el tribunal indicó que aunque el trabajador tenía un horario definido regresaba para atender las necesidades del servicio.
También se examinaron pruebas médicas, testimonios y actas ministeriales para establecer la relación entre el accidente y sus funciones.
En la resolución se reconoció a la esposa y a la hija como “beneficiarias legítimas de los derechos laborales” del trabajador y ordenó entregarles las prestaciones correspondientes, precisó el comunicado oficial del OAJ.
¿Es válida la protección camino al trabajo?
Sí, la protección aplicaría para el traslado. El artículo 42 de la Ley del Seguro Social considera que un accidente de trabajo ocurre cuando una persona se traslada directamente, de su domicilio a su labor o viceversa.
Es decir, el hecho de que el percance suceda fuera de las instalaciones de la empresa no basta para descartar su carácter laboral. Incluso deben revisarse las circunstancias y acreditarse los elementos que permitan reconocerlo como riesgo de trabajo.
Para ello, el tribunal rechazó argumentos al considerar que el fallecimiento estaba vinculado con el trabajo.
¿A qué tienen derecho la esposa y la hija del trabajador?
La sentencia indicó las obligaciones al centro laboral, por lo que ordenó pagar los montos de indemnizaciones y prestaciones.
Por su parte, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá otorgar las pensiones por viudez y orfandad. Mientras que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tendrá que pagar las indemnizaciones y prestaciones correspondientes.
Y esto no es todo, el tribunal consideró la protección de la hija menor de edad y determinó necesario, para este caso, brindar una pensión de orfandad equivalente al 40% de la pensión que habría correspondido a su padre por incapacidad permanente total.
También se estableció “un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión que perciba”, informó el OAJ.
En conclusión: este caso permite confirmar la importancia de acreditar ante la ley cómo ocurre un accidente, ya que eso brindó a la familia una protección a los derechos económicos.

