LFT: ¿una carta de antecedentes no penales es un requisito laboral?
Al buscar empleo, una empresa puede pedir distintos documentos para completar la contratación. Pero si entre ellos aparece una carta de antecedentes no penales, surge una duda: ¿la ley obliga a presentarla?
La respuesta depende del puesto y de las disposiciones aplicables. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la ley?
La próxima ocasión que te soliciten una carta de antecedentes no penales deberás negarte, debido a que la Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece este documento como un requisito general para conseguir empleo.
El hecho de que una empresa lo incluya en su lista de contratación no significa que exista una obligación legal para todas las personas aspirantes.
Además, el artículo 133, fracción I, de la misma ley prohíbe rechazar trabajadores por motivos discriminatorios. La disposición incluye “cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio”.
Por su parte, el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo protege la dignidad humana y permite distinguir entre requisitos discriminatorios y aquellos sustentados en las calificaciones particulares que exige una labor.
Por ello, las condiciones de contratación deben analizarse en relación con el trabajo que se realizará. Esto tampoco permite afirmar que la constancia esté prohibida en cualquier circunstancia: existen supuestos previstos en otra legislación.
¿En qué casos puede solicitarse?
Por otro lado, el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal contempla la expedición de constancias de antecedentes penales en casos específicos relacionados con el empleo.
Entre ellos se encuentran:
- Determinados puestos públicos: cuando la normatividad establece el documento como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión.
- Instituciones de seguridad: para el ingreso a instituciones de seguridad pública o privada.
- Otros supuestos justificados: cuando la naturaleza del empleo o razones de interés público hagan exigible la constancia.
Es decir, la norma no crea un requisito universal para contratar personal. Pero su aplicación debe corresponder al supuesto legal y a las funciones del puesto.
¿Qué hacer si una empresa te la pide?
Lo primero es solicitar que la empresa explique qué disposición sustenta el requisito y por qué corresponde al puesto. También conviene preguntar si requiere una constancia federal o una emitida por una autoridad estatal.
Si consideras que la solicitud o el rechazo de tu candidatura implica discriminación, conserva la vacante, los mensajes y cualquier comunicación donde aparezca esa condición. Para ello puedes acudir al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) para solicitar orientación o presentar una queja, según corresponda.
En conclusión: antes de tramitar el documento, revisa el fundamento de la solicitud. La ley no lo exige para todos los empleos, y los casos en que puede pedirse deben analizarse conforme a la normativa aplicable.

