SCJN: ¿cómo se puede identificar la violencia vicaria?
Las amenazas contra los hijos, su ocultamiento o el uso de ellos para vigilar a su madre pueden ser formas de ejercer violencia contra una mujer. El daño no siempre se dirige hacia una mujer de manera directa: también puede ocurrir a través de las personas que quiere.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha analizado esta forma de violencia, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte sobre la violencia vicaria?
En la Acción de Inconstitucionalidad 163/2022, la SCJN reconoció la validez de disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí que regulan la violencia vicaria y establecen medidas para atenderla, prevenirla y sancionarla.
La Corte consideró constitucional que exista una protección diferenciada para las mujeres frente a la violencia ejercida sobre sus hijas e hijos con el propósito de causarles daño.
Además, explica que esta violencia se manifiesta cuando alguien utiliza a los hijos o seres queridos para “dañar, controlar o generar sufrimiento a una mujer”.
La intención de lastimar a una mujer a través de otras personas es un elemento central para comprender esta forma de violencia.
¿Qué conductas ayudan a identificarla?
Estas son las distintas conductas que conviene reconocer sobre la violencia vicaria:
- Amenazar o dañar a los hijos: Las amenazas o agresiones contra hijas e hijos pueden utilizarse para causar sufrimiento a la madre.
- Amenazar con ocultarlos: Advertir que serán retenidos o sustraídos de su domicilio o lugar habitual de residencia.
- Utilizarlos para obtener información: Involucrar a los hijos para conocer datos sobre su madre.
- Fomentar agresiones contra ella: Incitar a hijas o hijos a ejercer violencia física contra la madre.
- Deteriorar el vínculo con sus hijos: Promover violencia psicológica que descalifique la figura materna y afecte esa relación.
- Ocultar o retener a personas cercanas: Estas conductas pueden dirigirse contra los hijos, familiares o personas allegadas.
- Promover acciones legales basadas en falsedades: Utilizar hechos falsos o inexistentes para buscar la guarda y custodia o la pérdida de la patria potestad.
- Condicionar las obligaciones alimentarias: Sujetar a condiciones el cumplimiento de estas obligaciones hacia la mujer y sus hijas e hijos.
En conclusión: reconocer estas conductas permite advertir que las agresiones pueden afectar tanto a la mujer como a las personas utilizadas para lastimarla. Las hijas e hijos tienen derechos y requieren protección propia frente a la violencia.

