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LFT: ¿los trabajadores tendrán derecho a puente de descanso en Día de Muertos 2026? 

La celebración del Día de Muertos suele incluir planes para visitar el panteón, preparar la ofrenda o reunirse con familiares. Y justo el 2 de noviembre cae en lunes, lo que genera una duda entre trabajadores: ¿se tendrá derecho a gozar un fin de semana largo? 

La respuesta se encuentra en la Ley Federal del Trabajo (LFT), aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la ley sobre el Día de Muertos? 

Tenemos malas noticias, debido a que no se aplicará un puente de descanso por la celebración del Día de Muertos 2026. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, que enumera los días de descanso obligatorio, pero no incluye el 1 ni el 2 de noviembre. 

Es decir, esas fechas caerán este año en domingo y lunes. Por lo que los trabajadores tendrían que acudir con normalidad el día 3 de noviembre, a menos que tengan un permiso, vacaciones o el descanso se brinde. 

También puede ser que el jefe o empleador decida suspender las actividades laborales por la fecha del Día de Muertos, pero ese beneficio debe confirmarse. 

“Podrás descansar si en tu trabajo conceden los días de manera voluntaria”, así lo explica la Profedet. 

¿Cuánto te deben pagar por trabajar el 1 y 2 de noviembre? 

Al no considerarse el 1 y 2 de noviembre como días de descanso obligatorio el pago sería habitual, pues el Día de Muertos no genera por sí solo una remuneración adicional.

Pero el domingo 1 de noviembre sí merece atención, dado que quienes trabajen ese día sí tendrían derecho a cobrar una prima dominical de al menos el 25% de su salario, tal como lo establece el artículo 71 de LFT. 

Además, si la fecha coincide con su día de descanso tradicional y tienen la responsabilidad de laborar, correspondería cubrir el salario del descanso y un salario doble extra por el servicio prestado; así lo indica el artículo 73 de la misma ley. 

Esto se debe a que puede haber pagos adicionales por laborar en domingo, aunque la celebración no sea contemplada como un día de descanso obligatorio. 

¿Cuándo sí habrá descanso obligatorio en noviembre?

Las y los trabajadores sí tendrán derecho a descanso obligatorio el lunes 16 de noviembre de 2026, dado que esa fecha sí está contemplada en la Ley Federal del Trabajo. 

El artículo 74 establece como descanso “el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre”. 

En conclusión: el descanso del lunes 2 de noviembre dependerá de lo acordado en cada empleo, dado que el marco de la ley no contempla descanso obligatorio en el Día de Muertos. 

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