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Día de Reyes: ¿el 6 de enero es día de descanso oficial, según la ley?

Cada 6 de enero, millones de familias en México celebran el Día de Reyes, una fecha profundamente arraigada en la tradición.

Pero más allá de la tradicional rosca y los regalos, surge una duda recurrente entre trabajadores y empleadores: ¿la ley reconoce este día como descanso obligatorio?

6 de enero sin descanso obligatorio

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 6 de enero no está considerado como día de descanso obligatorio. El artículo 74 de la LFT establece de manera expresa cuáles son los días de descanso oficial en México, y el Día de Reyes no aparece en esa lista.

Esto significa que, legalmente, las personas trabajadoras sí deben presentarse a laborar el 6 de enero, salvo que exista un acuerdo distinto con el empleador.

Es decir que al no ser un día de descanso obligatorio, trabajar el 6 de enero se paga como una jornada ordinaria, sin pago doble ni triple. Solo en los días señalados expresamente por la LFT aplica el pago especial cuando se labora.

¿Puede otorgarse el 6 de enero como día libre?

Aunque no es un descanso obligatorio por ley, algunas empresas deciden otorgar el día 6 de enero libre de manera voluntaria, permitir horarios flexibles o conceder permisos especiales, principalmente por usos y costumbres o como prestación adicional.

En estos casos, el descanso no deriva de una obligación legal, sino de una decisión interna del centro de trabajo o de lo establecido en contratos individuales, contratos colectivos o reglamentos internos.

En conclusión, aunque el Día de Reyes es una fecha significativa en lo cultural y familiar, no es un día de descanso oficial según la ley laboral mexicana. Trabajar el 6 de enero es legal y se paga de forma normal, salvo que el empleador otorgue el día libre como prestación adicional o por acuerdo interno.

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