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Día de Muertos: ¿por qué razón legal un trabajador podría cobrar el triple el 1 de noviembre? 

¿Te toca trabajar el 1 de noviembre? Antes de calcular cuánto recibirás, hay un dato que debes revisar: si ese domingo forma parte de tu jornada habitual o es el día que tienes asignado para descansar.

Para un detalle mínimo, pero es una diferencia que determinaría si te corresponde cobrar sueldo triple.  Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué supone la ley? 

El pago triple no correspondería con motivo de la celebración del Día de Muertos, sino si el domingo es el descanso semanal del trabajador y presta sus servicios en dicha fecha. Eso se encuentra respaldado en el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). 

La disposición señala que los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Y si lo hacen, el patrón debe pagarles, además del salario correspondiente al descanso, “un salario doble por el servicio prestado”.

De ahí sale la idea del pago triple: un salario por el descanso y dos adicionales por trabajar. 

Es decir, el derecho surge por haber laborado en el descanso semanal, aunque ese domingo también coincida con las celebraciones de Día de Muertos. 

¿Cómo calcular el pago triple en un día de descanso? 

Si te toca trabajar el próximo domingo 1 de noviembre, fecha popularmente conocida por el Día de Muertos, se tendría derecho a cobrar un salario triple. 

Por ejemplo, un trabajador con salario diario de 400 pesos, el cálculo sería de 1,200 pesos: 400 correspondientes al descanso y 800 por los servicios prestados.

Pero hay un detalle importante que se debe revisar en la nómina: si el salario del descanso ya está incluido en el pago habitual, lo que debe agregarse únicamente son los 800 pesos adicionales. Es decir, no se trata de recibir tres salarios extra sobre lo que ya se cobra.

En cambio, si la persona trabaja habitualmente los domingos y descansa otro día, el supuesto es distinto. Le corresponde su salario ordinario más una prima dominical de al menos 25 por ciento, prevista en el artículo 71 de la LFT.

¿Por qué el Día de Muertos es un día normal de trabajo? 

El 1 y el 2 de noviembre no están incluidos entre los días de descanso obligatorios del artículo 74 de la LFT, por lo que dicha celebración no obliga al empleador a pagar el triple. 

Por eso, dos personas que trabajen el próximo domingo podrían recibir pagos distintos. Si una debía descansar ese día, aplica el pago por trabajar durante su descanso semanal; mientras que si la otra tiene el domingo dentro de su jornada habitual, corresponde la prima dominical.

En conclusión: antes de sacar cuentas, conviene revisar el día de descanso asignado en el trabajo. Esa es la condición que determina si el 1 de noviembre corresponde el pago triple. 

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