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Día de la Revolución: ¿Por qué el 20 de noviembre se trabaja con normalidad? Esto dice la ley

Los trabajadores mexicanos se esfuerzan todos los días al acudir a laborar con normalidad, pero evidentemente la mayoría desearía tener la oportunidad de descansar hoy miércoles 20 de noviembre.

Pero tenemos malas noticias, tú y todos los trabajadores acuden a laborar con normalidad en la plena conmemoración del aniversario de la Revolución Mexicana, ¿la razón?

En el sitio de “El Mundo del Derecho” nos interesa brindarte la mejor información, por eso a continuación te explicamos de forma sencilla el marco de la ley.

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¿Por qué el 20 de noviembre no es día festivo?

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la conmemoración del aniversario de la Revolución Mexicana no se realiza específicamente el día 20 de noviembre de cada año sino que es recorrida al tercer lunes de ese mismo mes; tal como ocurrió el pasado lunes 18 de noviembre del 2024.

“Son días de descanso obligatorio (…) el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre”, así lo explica el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Algunos días festivos se recorren a los días lunes con el propósito de que los trabajadores puedan disfrutar un puente de descanso, ya que esto permite favorecer a las actividades turísticas y a la economía en conjunto.

Es decir que el pasado lunes 18 de noviembre fue el único día de descanso obligatorio para las y los trabajadores mexicanos, según el marco de la Ley Federal del Trabajo.

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¿Cuáles son los días de descanso que establece el marco de la ley?

En la Ley Federal del Trabajo se menciona que las y los trabajadores mexicanos tienen derecho a descansar los siguientes días:

  • El 1 de enero, esto con motivo del Día de Año Nuevo.
  • El primer lunes de febrero de cada año, en conmemoración del Día de la Constitución.
  • El tercer lunes de marzo de cada año, por la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez.
  • El primero de mayo, la conmemoración del Día del Trabajo.
  • El 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre, esto por el aniversario del Día de la Revolución Mexicana.
  • El 25 de diciembre, se refiere a la celebración de la Navidad.

Estas fechas de descanso obligatorio se encuentran establecidas en el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que tu patrón no te podría obligar a laborar con normalidad y en su caso te deberá pagar un extra.

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