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¿Cuánto me deben pagar por trabajar hoy 14 de febrero? Esto dice la ley

¿Te sientes muy enamorado? El Día del Amor y la Amistad es una celebración muy representativa para las parejas mexicanas. Sin embargo, la mayoría de trabajadores tendrán la responsabilidad de laborar en dicha fecha y deben conocer sus derechos.

El objetivo del sitio “El Mundo del Derecho” es brindarte la mejor información, es por ello que a continuación te compartimos los detalles sobre lo que estipula la ley en materia salarial.

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¿Acaso el 14 de febrero es día de descanso oficial?

De acuerdo con el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 14 de febrero (Día del Amor y la Amistad) no es considerado un día de descanso oficial para los trabajadores mexicanos.

A pesar de que dicha fecha no se tiene contemplada como un día de descanso oficial, en algunas empresas o áreas gubernamentales se podría otorgar este día a las y los trabajadores para realizar algún intercambio o una pequeña reunión. Sin embargo, dicha decisión dependerá del jefe directo o de la organización de cada lugar.

Otro factor a considerar es que el Día del Amor y la Amistad de este año ocurrirá en viernes, por lo que para algunos trabajadores esto se podría convertir en un puente de descanso no oficial. Pero es importante aclarar que esto sería muy poco común.

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¿Cuánto te deben pagar por trabajar el viernes 14 de febrero?

Aquellas y aquellos trabajadores que tengan la responsabilidad de acudir a laborar hoy viernes 14 de febrero no tendrán derecho a cobrar un pago de salario doble.

¿La razón? Esto se debe a que en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no se tiene considerada la celebración del Día del Amor y la Amistad como un día de descanso oficial.

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¿Qué días se descansa por ley 2025?

Estos son los días a los que tienen derecho a descansar los trabajadores mexicanos:

  • El 1 de enero, esto con motivo del Día de Año Nuevo.
  • El primer lunes de febrero de cada año, en conmemoración del Día de la Constitución.
  • El tercer lunes de marzo de cada año, por la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez.
  • El primero de mayo, la conmemoración del Día del Trabajo.
  • El 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre, esto por el aniversario del Día de la Revolución Mexicana.
  • El 25 de diciembre, se refiere a la celebración de la Navidad.

Estos días de descanso obligatorio están establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, es decir que dichas fechas tu patrón no te podrá obligar a laborar con normalidad.

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