LFT: ¿tu jefe puede obligarte a trabajar el lunes 16 de noviembre?
El lunes 16 de noviembre puede ser la oportunidad de alargar el fin de semana, visitar a la familia o descansar de los pendientes. Pero, ¿qué pasa si tu jefe anuncia que habrá actividades y pide que todos se presenten con normalidad en el último puente del año?
Las reglas del descanso obligatorio y la obligación de acudir están en el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la ley?
Tu jefe o patrón debe respetar el descanso obligatorio del lunes 16 de noviembre, debido a que es reconocido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y no depende de un permiso de la empresa.
De acuerdo con el artículo 74 de dicha ley, es día de descanso obligatorio “el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre”. Por lo que en este 2026 corresponde al lunes 16.
Por esa razón, la empresa o el jefe no pueden tratarlo como un lunes ordinario ni presentarlo como una prestación que concede de manera voluntaria. Quienes disfruten del descanso tienen derecho a recibir el salario ordinario de ese día.
Sin embargo, esto no significa que exista un derecho absoluto a negarse a trabajar. La propia LFT contempla cómo determinar el personal que deberá cubrir actividades.
¿Qué debe pasar para que te corresponda trabajar ese día?
También existe la posibilidad de que algún trabajador tenga que presentarse con normalidad, para ello el artículo 75 de la LFT establece que se debe determinar cuántas personas deberán prestar sus servicios durante el descanso obligatorio.
Esa es la precisión detrás de la pregunta: el jefe debe respetar el carácter de descanso obligatorio, pero puede haber personal obligado a laborar conforme a lo previsto en ese artículo.
Por ello, antes de asumir que puedes faltar el próximo lunes 16 de noviembre, es necesario conocer cómo se determinó quiénes cubrirán la jornada. La fecha protege un derecho al descanso, aunque la Ley Federal del Trabajo también prevé actividades y una remuneración especial para quienes las realicen.
¿Cuánto debe pagarte la empresa si trabajas el lunes 16?
En caso de que seas elegido para trabajar en el día de descanso obligatorio serás recompensado económicamente, ya que tendrás derecho a cobrar el salario ordinario y un salario doble por el servicio prestado.
En otras palabras: equivale a un pago triple, conforme al artículo 75 de la LFT. Por ejemplo, si tu salario diario es de 400 pesos, corresponden 1,200 pesos en total: 400 por el descanso y 800 adicionales por trabajar.
En conclusión; la ley obliga a los jefes o empresas a no desconocer el día de descanso obligatorio, por lo que en caso de tener que presentarse deberán pagarlo como una jornada habitual.

