LFT: 4 obligaciones que se deben cumplir al contratar una trabajadora del hogar
Acordar un salario y los días de trabajo es apenas el primer paso al contratar a una trabajadora del hogar, esto se debe a que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece una serie de obligaciones.
Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos lo que debe cumplirse desde el comienzo de la relación laboral.
¿Qué obligaciones establece la ley a favor de las trabajadoras del hogar?
A través de redes sociales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó que el artículo 337 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece obligaciones especiales para quienes contratan a una persona trabajadora del hogar.
- Brindarle un trato digno y respetuoso. La persona empleadora deberá guardar consideración y abstenerse de “todo mal trato de palabra o de obra”.
- Proporcionarle condiciones que protejan su vida y salud. Si vive en el domicilio donde trabaja, también deberá recibir una habitación cómoda e higiénica, así como alimentación sana y suficiente.
- Cooperar con su instrucción general. Esto implica ofrecer facilidades para que pueda continuar con sus estudios o formación.
- Inscribirla ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes.
Cabe mencionar que el registro ante el IMSS también es obligatorio aún cuando la trabajadora acude pocos días por semana. Por lo que si presta sus servicios en varias viviendas, cada persona empleadora deberá realizar la aportación que le corresponda.
¿Qué otros derechos tiene una trabajadora del hogar?
Esas no son las únicas que deben atenderse. La ley laboral también ordena que las trabajadoras del hogar deben tener condiciones establecidas mediante un contrato escrito.
En este documento deben aparecer las tareas, el salario, el horario, los días de descanso, las vacaciones y las herramientas que se proporcionarán. Cuando corresponda, también se incluirán los acuerdos relacionados con los alimentos y el alojamiento.
Es importante aclarar que la falta de un contrato no elimina los derechos de la trabajadora, sino que esa responsabilidad recae en la persona empleadora.
Además del salario, las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, descanso semanal, pago de los días festivos laborados y seguridad social.
En conclusión: el trabajo se realiza dentro de una vivienda, pero conserva los mismos elementos básicos de cualquier relación laboral, quien recibe el servicio también debe cumplir la ley.

