¿Te puede obligar tu jefe a trabajar el 15 de septiembre? Esto supone la ley
El 15 de septiembre las celebraciones comienzan desde temprano: cierres de calles, reuniones y preparativos para dar el Grito de Independencia. Pero el problema aparece cuando los planes se cruzan con la jornada laboral.
Antes de discutir con el jefe o decidir no presentarse, conviene revisar qué fecha reconoce la ley laboral. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto.
¿Tu jefe puede obligarte a trabajar el 15 de septiembre?
Aunque los festejos patrios comienzan esa noche, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no reconoce el 15 de septiembre como un día feriado, sino que el día de descanso obligatorio es el 16 del mismo mes.
Es decir, el día 15 transcurre como cualquier otra fecha laboral. Razón por la que la trabajadora o el trabajador deberán presentarse con normalidad, sin percibir un pago adicional de día feriado.
Además, la ley laboral tampoco obliga a las empresas a permitir que sus trabajadores salgan antes para la cena o el festejo de Independencia. Ese beneficio dependerá de cada centro de trabajo, pues algunos reducen la jornada o autorizan las labores a distancia.
¿Qué puede pasar si faltas para acudir a los festejos?
Aquel trabajador que decida ausentarse el 15 de septiembre sin permiso estará en problemas, debido a que legalmente se considerará una falta injustificada al ser un día ordinario de labor.
Además del descuento correspondiente, podrían aplicarse las medidas contempladas en el reglamento interno de la empresa.
Pero no significa que una sola inasistencia permita despedir automáticamente al trabajador. La razón es que la Ley Federal del Trabajo contempla una causa de recesión el acumular más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días.
En conclusión: el festejo del Día de la Independencia no concede por sí mismo permiso para faltar el 15 de septiembre, sino que el descanso obligatorio comenzará hasta el 16 de septiembre.

