LFT: ¿qué puede hacer un trabajador si le niegan el derecho a tomar vacaciones?
Imagina que un trabajador propone una fecha para disfrutar sus vacaciones y la empresa responde que no es posible, después sugiere otra y recibe la misma respuesta. Pero, ¿hasta qué punto puede aplazarse el descanso?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece las reglas sobre el descanso. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Puede negarse el derecho a tomar vacaciones?
No, una empresa o jefe puede dialogar con el trabajador para organizar las fechas de descanso, pero no eliminar las vacaciones ni posponerlas de forma indefinida con el argumento de que existe demasiado trabajo o falta personal.
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas con más de un año de servicios deben recibir un periodo anual de vacaciones pagadas de al menos 12 días laborables.
El número aumenta dos días por cada año posterior hasta llegar a 20. A partir del sexto año de antigüedad, se agregan dos días por cada cinco años de servicios.
Además, el artículo 78 permite disfrutar por lo menos 12 días continuos y reconoce que la persona trabajadora puede distribuir su periodo vacacional de acuerdo con sus necesidades.
Sin embargo, tener este derecho no significa que pueda elegir una fecha y dejar de asistir sin previo aviso. Para evitar que las faltas sean consideradas injustificadas, conviene solicitar los días mediante el procedimiento de la empresa y obtener una respuesta por escrito.
Tampoco es válido ofrecer dinero para que el trabajador renuncie al descanso mientras la relación laboral continúa. Así lo explica el artículo 79: “las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración”.
¿Qué hacer si el patrón rechaza la solicitud?
Antes de pensar en faltar, discutir con el jefe o dar por perdidos los días, el trabajador puede construir una prueba sencilla de lo ocurrido: realizar la solicitud por correo electrónico, mediante una carta con acuse de recibido o a través del sistema interno de la compañía.
También conviene guardar la respuesta del patrón, los recibos de nómina, el contrato, la constancia de antigüedad y cualquier mensaje en el que se nieguen o pospongan las vacaciones.
Este punto puede ser importante porque el artículo 81 obliga a los patrones a entregar cada año una constancia que indique:
- La antigüedad de la persona.
- Los días de vacaciones que le corresponden.
- La fecha en que deberá disfrutarlos.
La misma disposición señala que el descanso debe concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de cada año de servicios. Por lo tanto, la empresa puede proponer un ajuste en las fechas, pero no dejar pasar ese periodo sin otorgar las vacaciones.
¿Cuánto tiempo tiene el trabajador para reclamar?
En caso de que a un trabajador le sean rechazadas sus vacaciones no debería dejar pasar mucho tiempo, debido a que esto puede provocar que ya no sea viable exigirse por la vía legal.
El patrón cuenta con seis meses, a partir del aniversario laboral, para conceder las vacaciones. Si termina ese periodo sin que el trabajador pueda disfrutarlas, comienza un plazo de un año para reclamarlas, conforme al artículo 516 de la LFT.
En términos generales, la persona dispone de hasta 18 meses después de cumplir el año de servicios: los primeros seis para que la empresa otorgue el descanso y otros 12 para exigirlo legalmente.
Por eso, las peticiones verbales y las promesas de “después vemos” pueden resultar insuficientes. Si la negativa se repite y el límite se acerca, lo más seguro es dejar evidencia de la solicitud y acudir a la autoridad laboral.
En conclusión: las vacaciones no se pierden porque la empresa tenga una temporada complicada ni pueden convertirse en una promesa que se renueva cada mes. Si el patrón cierra la puerta al descanso, la ley todavía permite tocar otras.

