¿Las personas juzgadoras deben participar en política?
Por: Victor Hugo González Rodríguez
A partir de la llamada Reforma Judicial, no hay duda de que las personas juzgadoras deben participar en política. En el contexto actual los funcionarios judiciales que aspiran a un cargo dentro de la judicatura son inexpertos militantes y por ello ajenos a la élite sociopolítica tradicional por lo que dependen para lograr votos y acceder al cargo judicial de las estructuras preestablecidas por la política dominante (concentrada por lo general en los partidos políticos) a lo que se suma la falta de “madurez” del pueblo que a nuestros días desconoce qué personas los juzga y a partir de qué parámetros pueden evaluarlas, para decidir su preferencia electoral, resultando necesario que las personas que aspiren a juzgar, participen en política.
El dilema, desde nuestra óptica, es la participación política de las personas que ganan la contienda electoral y se les nombradas en el cargo de juezas o magistradas. ¿En esos casos deben continuar participando en política?
Consideramos que no. Aquellas personas que sean designadas como personas juzgadoras, luego de ganar una elección, deben centrar su tiempo, esfuerzo y trabajo al quehacer jurisdiccional, que, dicho sea de paso, resulta de tiempo completo.
Ser persona juzgadora implica integrar uno de los tres Poderes de la Unión y con ello, la obligación constitucional de actuar de forma independiente y autónoma, frente al Poder Ejecutivo y al Legislativo, caracterizado, sobre todo el segundo, por el ejercicio de la política, dado que tienen fines diferentes a la impartición de justicia.
Una sociedad desarrollada ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión y, al elegir a las personas juzgadoras lo hacen buscando sean juzgadores de tiempo completo, que garanticen decisiones apartidistas, independientes y basadas en la aplicación de la ley, que recoge, precisamente en su letra, el mandato soberano, su voluntad y las reglas del pacto social.
En consecuencia, dado el modelo actual de nombramiento de personas juzgadoras por voto popular, es indispensable hacer política para llegar al cargo, sin embargo, al obtener el cargo, la persona debe apartarse del activismo político y centrarse en la judicatura.
No se debe confundir el activismo político, desde la posición de persona juzgadora, con la preferencia política, que, consideramos, está permitida (incluso obligada) para las personas juzgadoras, pues a través de ella, ejercen sus derechos políticos, en la toma de decisiones para elegir los cargos ejecutivos y legislativos; no obstante, la intervención para esos efectos, debe ser como ciudadano, confundido en la plaza pública y no en el templete recubierto por la toga.
Como se advierte, queda mucho por hacer para consolidar una democracia madura, tanto en el aspecto empírico como en el teórico. La tarea está a cargo de todas las personas, principalmente de las juzgadoras.

