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¿Pierde un estudiante el derecho a la universidad al no pagar cuotas? Esto dice la SCJN 

Un retraso en el pago de reinscripción estuvo a punto de dejar fuera de la universidad a un estudiante de maestría y afectar la beca que utilizaba para continuar sus estudios.

El tema llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esto para analizar el criterio sobre gratuidad, permanencia y barreras administrativas dentro de la educación superior pública. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Esto resolvió la Corte 

El Pleno de la Corte resolvió a favor de un estudiante de la Maestría en Justicia Constitucional de la Universidad de Guanajuato, cuya reinscripción fue cancelada tras realizar un pago fuera del plazo establecido.

La medida le impidió continuar sus estudios y mantener plenamente los efectos de una beca nacional de posgrado otorgada por el entonces Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías.

Ante ello, la Corte concedió el amparo para que:

  • sea reincorporado a la maestría
  • no pague reinscripción
  • recupere plenamente sus derechos académicos
  • regularice su situación respecto de la beca

“La gratuidad implica que el acceso y permanencia no estén condicionados al pago por el servicio educativo”, sostuvo el Máximo Tribunal.

Además, la SCJN ordenó devolver cualquier cantidad que el alumno hubiera cubierto relacionada con su reinscripción.

Derecho a las reglas administrativas en universidades 

Aunque resolvió a favor del estudiante, la Corte también dejó claro que las universidades autónomas pueden establecer reglas académicas y administrativas razonables.

Sin embargo, advirtió que dichas disposiciones no pueden convertirse en barreras desproporcionadas que afecten el derecho a la educación superior.

“Su aplicación no puede traducirse en barreras desproporcionadas que vulneren el acceso o permanencia en la educación superior”, precisó la Corte.

El Máximo Tribunal explicó que los artículos del Reglamento Académico de la Universidad de Guanajuato relacionados con reinscripción y pagos no eran inconstitucionales por sí mismos, ya que no condicionan directamente el ingreso o permanencia al pago obligatorio del servicio educativo.

Con ello, ordenó iniciar de manera prioritaria el proceso legislativo necesario para corregir dicha situación y asegurar recursos destinados a este derecho.

“La SCJN refuerza la obligación del Estado de garantizar condiciones progresivas y efectivas para el derecho a la educación superior gratuita”, destacó el propio tribunal constitucional.

En conclusión: la resolución de la Corte reforzó el criterio de que las reglas administrativas universitarias no pueden convertirse en obstáculos injustificados para acceder o permanecer en la educación superior, especialmente cuando se trata de un derecho protegido por la Constitución.

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