¿Quién protege a las trabajadoras del hogar en un despido injustificado? Esto dice la justicia
Durante años, el trabajo del hogar ha operado en sin contratos claros ni el reconocimiento pleno de derechos, pero cuando ocurre un despido surge una duda: ¿quién responde en materia legal?
Un caso reciente puso a prueba esa pregunta. Una trabajadora con casi dos décadas de servicio fue despedida y, el mismo día, sufrió una lesión. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles sobre la justicia federal que intervino.
Un despido, una lesión y derechos ignorados
De acuerdo con la resolución del Poder Judicial Federal, una trabajadora del hogar fue despedida injustificadamente tras 19 años de servicio y, ese mismo día, sufrió una lesión.
Al acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ni la institución ni la parte patronal reconocieron la relación laboral ni el origen del daño, lo que le impidió acceder a la protección correspondiente en materia de seguridad social.
Ante esta situación, la trabajadora presentó una demanda laboral; sin embargo, en primera instancia, la autoridad absolvió a las partes involucradas, dejando sin efectos su reclamo.
Inconforme, la trabajadora promovió un juicio de amparo, lo que llevó a que el caso fuera revisado por un tribunal federal.
Al analizarlo, el órgano jurisdiccional determinó que la resolución inicial no había considerado el contexto de vulnerabilidad en el que suelen desempeñarse las trabajadoras del hogar, por lo que ordenó reponer el procedimiento.
El fallo establece que el caso debe estudiarse “bajo una perspectiva de género y conforme a derecho”, lo que implica valorar adecuadamente las pruebas para determinar si existió relación laboral y si la lesión está vinculada con el trabajo.
Lo que dice la ley
En México, las personas trabajadoras del hogar cuentan con un marco legal específico. La Ley Federal del Trabajo (LFT), en su Capítulo XIII (artículos 331 al 343), regula sus condiciones laborales y reconoce derechos básicos.
Además, las reformas recientes establecen su derecho a la seguridad social, lo que implica la obligación de afiliación al IMSS y cobertura ante riesgos de trabajo.
Este caso refuerza que, incluso cuando estos derechos no son reconocidos en un inicio, pueden ser exigidos por la vía judicial.
En conclusión: el trabajo del hogar no está fuera de la ley, y los derechos laborales deben aplicarse sin excepciones, incluso en los espacios donde históricamente han sido ignorados.

