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Día de la Mujer: ¿se pueden sancionar a las trabajadoras por faltar el lunes 9 de marzo?

Cada año, el Día Internacional de la Mujer, que se conmemora el 8 de marzo, provoca una fuerte movilización social en México. Marchas, protestas y paros laborales se han convertido en parte de las acciones con las que miles de mujeres buscan visibilizar la desigualdad y la violencia de género.

En ese contexto, muchas trabajadoras se preguntan qué puede ocurrir si deciden no presentarse a trabajar el 9 de marzo para participar en actividades relacionadas con esta fecha. 

La respuesta depende de lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) y de los acuerdos que existan con el empleador. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Sin descanso obligatorio 

La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 74 cuáles son los días de descanso obligatorio en México; sin embargo, el 8 de marzo ni el 9 de marzo aparecen en esa lista.

Esto significa que, legalmente, ambos días se consideran jornadas laborales normales, por lo que las personas trabajadoras deben presentarse a sus labores salvo que exista un permiso o acuerdo con la empresa.

En otras palabras, faltar sin autorización podría considerarse una falta injustificada dentro de la relación laboral.

Las empresas sí pueden registrar la ausencia como falta

De acuerdo con la legislación laboral, cuando una persona trabajadora no se presenta a laborar sin justificar su ausencia, el patrón puede descontar el salario correspondiente al día no trabajado.

Además, si se acumulan varias faltas injustificadas, podrían generarse consecuencias laborales. El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo señala que un trabajador puede ser despedido sin responsabilidad para el patrón si acumula más de tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días.

Sin embargo, esto no ocurre automáticamente por faltar un solo día, ya que las empresas suelen evaluar cada caso.

Algunas excepciones 

En los últimos años, diversas empresas, universidades e instituciones públicas han optado por permitir que las trabajadoras se ausenten o participen en actividades relacionadas con el Día Internacional de la Mujer.

En muchos casos, estas ausencias se acuerdan previamente mediante permisos, cambios de turno o días de descanso.

Por ello, la mejor opción es que si una trabajadora planea faltar para participar en actividades del 8M, lo comunique previamente a su empleador, con el fin de evitar que la ausencia sea considerada injustificada.

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