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¿Un fallecimiento puede borrar el derecho a una pensión compensatoria? Esto dice la Corte 

Después de la muerte de una pareja, los conflictos por herencias, propiedades y apoyo económico suelen aparecer rápidamente. Pero existe un tema que pocas personas conocen y que incluso ya llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): la pensión compensatoria.

El Máximo Tribunal analizó si este derecho desaparece automáticamente cuando fallece la persona que debía otorgar el apoyo económico. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Esto determinó la Corte 

Al resolver el Amparo Directo 13/2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó que la muerte de una persona no vuelve improcedente el derecho a recibir una pensión compensatoria.

El caso surgió en Nuevo León, donde un hombre que vivió 30 años en concubinato reclamó este derecho después del fallecimiento de su pareja. Sin embargo, tribunales locales le negaron la pensión al considerar que ésta se extinguía con la muerte de quien debía pagarla.

La Corte declaró inconstitucional ese criterio y sostuvo que “la muerte no vuelve improcedente la pensión compensatoria ni la hace incompatible con los derechos sucesorios”.

Con ello, el Máximo Tribunal ordenó emitir una nueva sentencia bajo ese criterio constitucional.

La pensión compensatoria y la herencia no son lo mismo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación también explicó que la pensión compensatoria tiene una naturaleza distinta a los derechos hereditarios.

De acuerdo con la resolución, este tipo de pensión tiene un carácter “asistencial y resarcitorio”, ya que busca atender el desequilibrio económico que puede surgir cuando una persona dedicó gran parte de su vida al trabajo doméstico o al cuidado familiar.

Por ello, la Corte enfatizó que ambos derechos pueden coexistir.

“La pensión compensatoria tiene naturaleza propia: es asistencial y resarcitoria por lo que no es lo mismo que heredar”, explicó la SCJN en información oficial.

La Corte también señaló que la muerte puede disolver el concubinato y generar afectaciones económicas que deben analizarse “con perspectiva de igualdad”.

En ese sentido, el fallo busca impedir que quienes dedicaron años al hogar o al sostenimiento familiar queden desprotegidos económicamente tras el fallecimiento de su pareja.

“Si construiste una vida en pareja, la ley no puede ignorarlo”, destacó la SCJN.

Con esta decisión, el Máximo Tribunal fortaleció el reconocimiento de la pensión compensatoria como una medida de protección económica y de igualdad dentro de las relaciones de concubinato.

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