¿Un estado puede decidir qué información reservar por seguridad? Esto dice la Corte
El acceso a la información es un derecho para todas las personas, aunque la ley también permite que ciertos datos permanezcan reservados en casos específicos. Pero, ¿quién puede decidir qué información debe mantenerse bajo esa clasificación?
Esa fue la duda que recientemente resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué resolvió la Suprema Corte?
Al resolver la Controversia Constitucional 248/2025, el Pleno de la SCJN determinó que las entidades federativas no pueden regular la reserva de información por motivos de seguridad nacional, ya que esa facultad corresponde exclusivamente a la Federación.
De acuerdo con la publicación oficial de la Corte, “las entidades federativas no pueden regular la reserva de información por motivos de seguridad nacional ya que esa facultad corresponde exclusivamente a la Federación”.
Como parte de esta resolución, el Máximo Tribunal invalidó una disposición del estado de Zacatecas al concluir que esa materia solo puede regularse a nivel federal y no mediante normas emitidas por las entidades federativas.
¿Por qué un estado no puede regular esta materia?
La Suprema Corte explicó que permitir que cada entidad federativa establezca sus propias reglas sobre la reserva de información por motivos de seguridad nacional sería contrario al reparto de competencias previsto en la Constitución.
En ese sentido, la SCJN señaló que “la Suprema Corte invalidó una disposición de Zacatecas porque esa materia solo puede regularse a nivel federal”.
Con este criterio, el Pleno reafirmó que corresponde únicamente a la Federación establecer qué información puede clasificarse como reservada por razones de seguridad nacional, con el propósito de mantener reglas uniformes en todo el país.
¿Qué implica este criterio de la SCJN?
La resolución emitida en la Controversia Constitucional 248/2025 también fortalece el derecho de acceso a la información, al evitar que cada estado determine de manera independiente qué información puede mantenerse reservada por motivos de seguridad nacional.
Como destaca el material informativo difundido por la Suprema Corte, esta decisión “protege tu derecho a saber qué información puede reservarse realmente”.
El conclusión: la SCJN reiteró que las entidades federativas deben respetar el reparto de competencias previsto en la Constitución y que la regulación sobre la reserva de información por razones de seguridad nacional corresponde exclusivamente a la Federación.

