¿Tendrás derecho a descansar en Jueves y Viernes Santo? Esto dice la ley
Con la Semana Santa a la vuelta de la esquina, muchos trabajadores desean viajar o salir de la rutina. Pero antes de planear u organizar maletas, surge una pregunta clave: ¿se tiene derecho a descansar en Jueves o Viernes Santo?
Aunque en México estas fechas tienen un fuerte arraigo cultural y religioso, la respuesta no depende de la tradición, sino de lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT). Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos.
¿Hay descanso obligatorio en Semana Santa?
En términos estrictamente legales, Jueves y Viernes Santo no están catalogados como días de descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Eso significa que, por regla general, las empresas pueden considerar esas fechas como días laborales normales, salvo que exista un acuerdo distinto.
En otras palabras: no es automático. El derecho a descansar en Semana Santa no nace de la costumbre, sino de lo que esté pactado.
Entonces, ¿por qué muchas personas no trabajan esos días? Se debe a que numerosas empresas, instituciones educativas y dependencias públicas otorgan el descanso por política interna, por tradición o por acuerdos colectivos.
En estos casos, el descanso es válido, pero no porque la ley lo imponga, sino porque el empleador así lo decide o porque está establecido en un contrato colectivo o reglamento interior.
En conclusión: el Jueves y Viernes Santo pueden sentirse como días de descanso generalizado, pero jurídicamente no lo son. La Ley Federal del Trabajo no los reconoce como obligatorios para todos los trabajadores.
Así que antes de asumir que no trabajarás en Jueves y Viernes Santo, conviene revisar lo que dice tu contrato. En materia laboral, lo que cuenta no es la tradición… sino lo que establece la ley y lo que esté pactado con tu empleador.

