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¿Te pueden despedir por tener pareja en la oficina? Esto dice la ley 

El romance en la oficina puede generar comentarios, miradas incómodas… e incluso rumores sobre posibles despidos. Pero más allá del chisme laboral, surge una pregunta clave: ¿es legal que te corran por tener pareja en el trabajo?

La respuesta corta es no. La Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece que mantener una relación sentimental con un compañero o compañera sea una causa de despido justificado, pero hay detalles que vale la pena conocer. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

La ley no prohíbe el romance laboral

En México, la relación sentimental entre empleados no está prohibida por la legislación laboral. El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece las causas de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, y en esa lista no aparece el hecho de tener pareja en la oficina.

Esto significa que, por sí sola, una relación sentimental no constituye motivo legal para despedir a un trabajador.

Entonces, ¿cuándo podría haber consecuencias? El escenario cambia si la relación afecta el desempeño laboral o genera conflictos dentro del centro de trabajo.

Por ejemplo, la ley sí contempla sanciones cuando existen actos que alteren la disciplina, la probidad o el cumplimiento de las obligaciones laborales. Si una relación sentimental deriva en favoritismos comprobables, conflictos constantes, filtración de información o incumplimiento de funciones, el problema ya no sería la relación en sí, sino sus efectos en el entorno laboral.

Es decir, no te pueden despedir por tener pareja, pero sí por conductas que violen tus obligaciones como trabajador.

¿Y qué pasa con los reglamentos internos?

Algunas empresas establecen políticas internas sobre relaciones entre empleados, sobre todo cuando existe una relación de subordinación directa, como jefe y subordinado.

No obstante, esos reglamentos no pueden estar por encima de la Ley Federal del Trabajo. Si un despido se basa únicamente en el hecho de tener pareja, sin una causa legal prevista en la LFT, podría considerarse injustificado y ser impugnado ante la autoridad laboral.

En conclusión, tener pareja en la oficina no es ilegal. Lo que sí puede generar consecuencias es descuidar las responsabilidades laborales o incumplir obligaciones contractuales.

Antes de dejarse llevar por rumores, conviene revisar la ley: el romance no está prohibido, pero la disciplina y el profesionalismo siguen siendo obligatorios.

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