Con la llegada de lluvias intensas y fenómenos meteorológicos extremos en diversas regiones del país, miles de personas enfrentan dificultades para desplazarse o incluso riesgos a su integridad. Pero, ¿puedes faltar al trabajo por causa de las lluvias sin recibir sanciones o descuentos?
En el sitio de “El Mundo del Derecho” nos interesa brindarte información de calidad, es por ello que a continuación te damos los detalles sobre el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores tienen la obligación de presentarse a laborar, pero también contempla excepciones en situaciones extraordinarias, como las condiciones climáticas extremas que impidan el acceso al centro de trabajo o representen un peligro real para la salud y seguridad del trabajador.
Si bien la LFT no contempla de forma expresa las lluvias como causa justificada de inasistencia, sí reconoce como eximentes las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, que son aquellas situaciones imprevistas que no dependen de la voluntad del trabajador.
En este sentido, el Artículo 42-Bis establece que, ante eventos naturales que impidan continuar con las labores, el empleador puede suspender temporalmente la relación de trabajo, siempre y cuando lo justifique legalmente y lo notifique a la Junta de Conciliación y Arbitraje. De igual forma, el Artículo 47 señala que no procederá el despido si el trabajador se ausenta por causas ajenas a su control.
Por tanto, si una persona no puede llegar a su empleo debido a inundaciones, bloqueos de calles, fallas en el transporte público o condiciones peligrosas, es recomendable comunicarse de inmediato con su empleador y documentar la situación con fotografías, avisos oficiales de Protección Civil o reportes de medios confiables.
Dependerá del criterio de la empresa y de si se comprueba que la falta fue justificada. En muchos casos, los empleadores pueden optar por permitir el trabajo remoto, reponer el tiempo o incluso justificar la ausencia sin consecuencias, especialmente si las lluvias fueron extraordinarias y ampliamente documentadas.
Además, algunas normas internas o contratos colectivos incluyen cláusulas específicas sobre contingencias climáticas. En ese caso, lo establecido en dichos documentos tendrá valor legal.
Tips legales:
En conclusión, faltar al trabajo por lluvias intensas sí puede ser justificable bajo el concepto de fuerza mayor, pero es importante documentar la situación y mantener comunicación con el empleador. La Ley Federal del Trabajo nos ofrece mecanismos de protección, siempre que se actúe con responsabilidad y dentro del marco legal.