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¿Te afectaron las lluvias y no fuiste a trabajar? Conoce tus derechos en el marco de la ley

Con la llegada de lluvias intensas y fenómenos meteorológicos extremos en diversas regiones del país, miles de personas enfrentan dificultades para desplazarse o incluso riesgos a su integridad. Pero, ¿puedes faltar al trabajo por causa de las lluvias sin recibir sanciones o descuentos?

En el sitio de “El Mundo del Derecho” nos interesa brindarte información de calidad, es por ello que a continuación te damos los detalles sobre el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Qué dice la ley?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores tienen la obligación de presentarse a laborar, pero también contempla excepciones en situaciones extraordinarias, como las condiciones climáticas extremas que impidan el acceso al centro de trabajo o representen un peligro real para la salud y seguridad del trabajador.

Si bien la LFT no contempla de forma expresa las lluvias como causa justificada de inasistencia, sí reconoce como eximentes las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, que son aquellas situaciones imprevistas que no dependen de la voluntad del trabajador.

En este sentido, el Artículo 42-Bis establece que, ante eventos naturales que impidan continuar con las labores, el empleador puede suspender temporalmente la relación de trabajo, siempre y cuando lo justifique legalmente y lo notifique a la Junta de Conciliación y Arbitraje. De igual forma, el Artículo 47 señala que no procederá el despido si el trabajador se ausenta por causas ajenas a su control.

Por tanto, si una persona no puede llegar a su empleo debido a inundaciones, bloqueos de calles, fallas en el transporte público o condiciones peligrosas, es recomendable comunicarse de inmediato con su empleador y documentar la situación con fotografías, avisos oficiales de Protección Civil o reportes de medios confiables.

¿Me pueden descontar el día si falto por las lluvias?

Dependerá del criterio de la empresa y de si se comprueba que la falta fue justificada. En muchos casos, los empleadores pueden optar por permitir el trabajo remoto, reponer el tiempo o incluso justificar la ausencia sin consecuencias, especialmente si las lluvias fueron extraordinarias y ampliamente documentadas.

Además, algunas normas internas o contratos colectivos incluyen cláusulas específicas sobre contingencias climáticas. En ese caso, lo establecido en dichos documentos tendrá valor legal.

Tips legales:

  • Informa lo antes posible a tu empleador sobre la situación que te impide llegar a cumplir con tus labores.
  • Conserva pruebas que respalden la imposibilidad de trasladarte.
  • Consulta el reglamento interno o tu contrato colectivo.
  • Si enfrentas represalias injustificadas, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría gratuita.

En conclusión, faltar al trabajo por lluvias intensas sí puede ser justificable bajo el concepto de fuerza mayor, pero es importante documentar la situación y mantener comunicación con el empleador. La Ley Federal del Trabajo nos ofrece mecanismos de protección, siempre que se actúe con responsabilidad y dentro del marco legal.

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