¿Sueldo doble o triple? Esto debes cobrar por trabajar hoy martes 16 de septiembre
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¿Te tocó laborar este 16 de septiembre mientras todos disfrutan del recalentado de pozole? No todo serían malas noticias, debido a que el marco de la ley recompensa a las y los trabajadores.
Este día es catalogado como descanso obligatorio, por lo que ninguna persona estaría forzada a laborar, pero en caso de que así ocurra deberá ser recompensada con un pago extra de su salario. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
El marco de la ley ofrece descanso obligatorio
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio.
Esto significa que las y los trabajadores tienen derecho a no presentarse a laborar, sin que se les aplique un descuente de sueldo. Pero en caso de que el patrón requiera sus servicios, ellos tendrán que cubrir un pago extraordinario.
En palabras simples: nadie está obligado a trabajar en esta fecha, pero si lo haces, la compensación es superior.
¿Cómo se calcula el pago por laborar en día feriado?
Si tú o algún conocido trabajan este martes 16 de septiembre, el marco de la ley indica que el pago debe incluir:
- Tu salario diario normal.
- Más un pago doble adicional por ser día de descanso obligatorio trabajado.
En total, recibirás el triple de tu sueldo ordinario por ese día.
Ejemplo: si tu salario diario es de 500 pesos, al laborar este día deberías recibir 1,500 pesos.
¿Qué pasa si no trabajas el 16 de septiembre?
Quienes no laboren este martes festivo también están protegidos. La empresa debe pagarles su sueldo íntegro, como si hubieran trabajado.
Es decir que no tendría que haber descuentos o deducciones salariales, pues la fecha está reconocida como descanso oficial en el marco de la ley.
En caso de que el patrón o la empresa decidan no respetar el marco establecido en la Ley Federal del Trabajo, las y los trabajadores podrán acudir a la Profedet para recibir asesoría legal gratuita.
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