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¿Se tiene derecho a faltar al trabajo por las fuertes olas de calor? Esto dice la ley

¿Sientes que te derrites? El mes de marzo apenas comenzó y los trabajadores mexicanos se ven obligados a soportar altas temperaturas en su rutina diaria, pero imagina la posibilidad de tener derecho a faltar por ese motivo.

El objetivo del sitio “El Mundo del Derecho” es brindarte la mejor información, es por ello que a continuación te explicamos el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Puedo faltar al trabajo ante la fuerte ola de calor?

Quizá las altas temperaturas serían un excelente pretexto para faltar al trabajo, pero aquellas personas que decidan hacerlo tendrían que asumir las consecuencias con su jefe o patrón.

¿La razón? Esto se debe a que las altas temperaturas no serían consideradas como un pretexto válido para ausentarse de la jornada laboral, incluso no se menciona en el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Esto no descarta la posibilidad de que algún jefe o patrón se solidarice con los trabajadores y decida otorgarles facilidades por las altas temperaturas, tal como realizar sus labores en modalidad a distancia ya que en muchos espacios de trabajo se podrían carecer de espacios ventilados o climatizados. También existe la posibilidad de que en algunos centros de trabajo se permita concluir la jornada laboral antes del horario habitual.

Sin embargo, las facilidades brindadas en los centros de trabajo por las altas temperaturas no estarían garantizadas bajo el marco de la ley para las y los mexicanos.

¿Cuáles son los días de descanso según la Ley Federal del Trabajo?

El marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT) otorga varios días de descanso oficial para las y los trabajadores mexicanos durante el año 2025, esto sin importar cuáles sean las condiciones climáticas. Tales como:

  • El 1 de enero, esto con motivo del Día de Año Nuevo.
  • El primer lunes de febrero de cada año, en conmemoración del Día de la Constitución.
  • El tercer lunes de marzo de cada año, por la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez.
  • El primero de mayo, la conmemoración del Día del Trabajo.
  • El 16 de septiembre, con motivo del aniversario de la Independencia de México.
  • El tercer lunes de noviembre, esto por el aniversario del Día de la Revolución Mexicana.
  • El 25 de diciembre, se refiere a la celebración de la Navidad.

Estos días de descanso obligatorio se encuentran establecidos en el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo, es decir que tu jefe o patrón no podrá obligarte a laborar en dichas fechas con normalidad. Esto sin contemplar las altas o bajas temperaturas que se presenten.

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