¿Sientes que te derrites? El mes de marzo apenas comenzó y los trabajadores mexicanos se ven obligados a soportar altas temperaturas en su rutina diaria, pero imagina la posibilidad de tener derecho a faltar por ese motivo.
El objetivo del sitio “El Mundo del Derecho” es brindarte la mejor información, es por ello que a continuación te explicamos el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Quizá las altas temperaturas serían un excelente pretexto para faltar al trabajo, pero aquellas personas que decidan hacerlo tendrían que asumir las consecuencias con su jefe o patrón.
¿La razón? Esto se debe a que las altas temperaturas no serían consideradas como un pretexto válido para ausentarse de la jornada laboral, incluso no se menciona en el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Esto no descarta la posibilidad de que algún jefe o patrón se solidarice con los trabajadores y decida otorgarles facilidades por las altas temperaturas, tal como realizar sus labores en modalidad a distancia ya que en muchos espacios de trabajo se podrían carecer de espacios ventilados o climatizados. También existe la posibilidad de que en algunos centros de trabajo se permita concluir la jornada laboral antes del horario habitual.
Sin embargo, las facilidades brindadas en los centros de trabajo por las altas temperaturas no estarían garantizadas bajo el marco de la ley para las y los mexicanos.
El marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT) otorga varios días de descanso oficial para las y los trabajadores mexicanos durante el año 2025, esto sin importar cuáles sean las condiciones climáticas. Tales como:
Estos días de descanso obligatorio se encuentran establecidos en el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo, es decir que tu jefe o patrón no podrá obligarte a laborar en dichas fechas con normalidad. Esto sin contemplar las altas o bajas temperaturas que se presenten.