¿Se puede calcular la reparación del daño con el salario del afectado? Esto dice la SCJN
No todas las personas tienen el mismo nivel de ingresos, pero ¿eso significa que una víctima merece una indemnización mayor o menor por daño moral?
La duda llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que revisó la forma en que algunos tribunales calcularon compensaciones económicas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
El salario de la víctima no debe usarse para calcular el daño
Al resolver los Amparos Directos en Revisión 5225/2025 y 5506/2024, la Suprema Corte determinó que la situación económica de la víctima no puede emplearse como base para cuantificar una indemnización por daño moral.
El criterio surgió a partir de dos asuntos distintos. En uno de ellos, relacionado con un accidente de tránsito, la indemnización fue calculada tomando en cuenta el salario de la persona afectada. En otro caso, derivado del fallecimiento de una persona por una descarga eléctrica, la familia promovió un amparo al considerar que la compensación había sido ajustada con base en la situación económica de la víctima.
Tras analizar ambos asuntos, la Corte concluyó que el daño moral no debe medirse a partir del nivel de ingresos de quien sufrió la afectación.
¿Por qué la SCJN consideró incorrecto este criterio?
De acuerdo con el máximo tribunal del país, el dolor, la aflicción y el sufrimiento que experimenta una persona no dependen de cuánto dinero gana ni de su posición económica.
Por ello, la Suprema Corte resolvió que utilizar el nivel de ingresos para determinar el monto de una indemnización por daño moral implica un trato desigual que resulta contrario al principio de igualdad.
En otras palabras, una misma afectación emocional no puede valorarse de manera distinta únicamente porque una persona tenga mayores o menores recursos económicos.
La Corte sostuvo que la situación patrimonial de la víctima no debe convertirse en un factor para medir la intensidad del daño moral ni para incrementar o reducir la compensación correspondiente.
La indemnización debe basarse en la afectación sufrida
La SCJN explicó que la reparación del daño moral debe centrarse en las consecuencias que la conducta ilícita provocó en la esfera emocional, psicológica o personal de la víctima, y no en su capacidad económica.
Por ello, las personas juzgadoras deben analizar la magnitud de la afectación sufrida, las circunstancias del caso y los elementos que permitan valorar el daño ocasionado, sin tomar como referencia el salario o los ingresos de quien reclama la indemnización.
Con este criterio, la Suprema Corte reiteró que la justicia debe calcular la reparación del daño moral con base en la afectación causada a la persona y no en su situación económica, evitando tratamientos discriminatorios al momento de fijar las compensaciones.

