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SCJN: ¿cuánto tiempo se tiene para reclamar indemnización ante el daño de una autoridad? 

Reclamar una indemnización al Estado tiene fecha límite. El problema es que aplicar el plazo equivocado podría dejar fuera a una persona antes de que presente sus pruebas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisó este punto a partir de un caso contra el IMSS y aclaró qué debe analizar. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar una indemnización?

Al resolver el Amparo en Revisión 51/2026, la Corte confirmó que existen dos plazos para reclamar una indemnización por la actividad irregular de una autoridad del Estado.

Para ello, el artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado establece:

  • Un año, como regla general, cuando se reclaman daños patrimoniales.
  • Dos años, cuando existen daños físicos o psicológicos.

Por lo tanto, la autoridad no puede aplicar el mismo límite a todas las reclamaciones sin revisar primero qué afectación se denuncia. 

Pero es importante mencionar que el plazo para reclamar comienza a partir del día siguiente a aquel en que ocurrió el daño. 

Mientras que si sus efectos continúan durante un periodo, el tiempo se cuenta desde el momento en que terminan. Esa regla también debe aplicarse al plazo de dos años, de acuerdo con la interpretación de la SCJN.

¿Por qué la autoridad debe revisar las pruebas?

El caso surgió después de que una persona solicitó al IMSS una indemnización por una presunta negligencia médica. Afirmó que durante una cirugía de apéndice se dejó una gasa dentro de su cuerpo y que posteriormente recibió un diagnóstico equivocado.

El instituto consideró que había vencido el plazo de un año para reclamar parte de los daños. La persona promovió un amparo y el asunto finalmente llegó a la Suprema Corte.

El Pleno determinó que, cuando se alegan daños físicos o psicológicos, la autoridad no debe decidir desde el inicio que la reclamación llegó tarde. Primero necesita permitir que se presenten y analicen las pruebas para saber si corresponde aplicar el plazo especial de dos años.

Como explicó la SCJN, “la autoridad debe revisar las pruebas” antes de determinar si el caso se encuentra dentro del plazo de uno o dos años. Desecharlo sin ese análisis podría impedir que la persona demuestre la afectación que sufrió. 

¿La Corte ordenó pagar la indemnización? 

La resolución de la SCJN no determinó que el IMSS haya cometido negligencia ni ordenó entregar una cantidad a la persona que presentó la reclamación.

Para ello, se validó el artículo 25 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado al considerar que los plazos de uno y dos años no vulneran el acceso a la justicia ni el derecho a una reparación integral. Los demás aspectos del caso deberán ser revisados por el tribunal colegiado correspondiente.

Es importante aclarar que presentar la solicitud dentro del plazo no garantiza recibir una indemnización. La persona todavía debe demostrar el daño y su relación con una actividad administrativa irregular del Estado.

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