¿Qué pasa si no le pones placas a tu scooter eléctrico a partir del 1 de julio? Esto dice la nueva regulación
A partir de este 1 de julio entró en vigor el nuevo esquema para regular los scooters y otros vehículos eléctricos motorizados en la Ciudad de México. pero eso no significa que todos los usuarios serán multados desde el primer día.
Entonces, ¿qué ocurre si un scooter no cuenta con placas? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles sobre la nueva regulación.
¿Es obligatorio emplacar?
Sí, pero únicamente si se trata de un Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), es decir, scooters o bicicletas eléctricas que alcanzan una velocidad mayor a 25 kilómetros por hora o cuentan con un motor superior a 250 watts y hasta un kilowatt.
Estos vehículos deberán contar con:
- Placas de circulación.
- Tarjeta de circulación.
- Licencia de conducir, cuando corresponda.
- Distintivo de movilidad eléctrica.
- Casco y el equipo de seguridad previsto por la normativa.
En cambio, las bicicletas eléctricas de asistencia que no rebasen esos límites continuarán clasificándose como Vehículos Eléctricos Personales (VEP), por lo que no estarán obligadas a portar placas, aunque sí deberán cumplir con las disposiciones que les resulten aplicables.
¿Qué pasa si un conductor no emplaca su scooter?
Aunque la regulación entró en vigor el 1 de julio, el Gobierno de la Ciudad de México otorgó un periodo de regularización para que los propietarios realicen el trámite correspondiente. La fecha límite será el 20 de noviembre de 2026.
Durante este periodo, la Secretaría de Movilidad realizará operativos de revisión y, a partir de septiembre, podrá emitir amonestaciones a quienes aún no hayan regularizado su vehículo. Sin embargo, las multas económicas comenzarán una vez concluido el periodo de regularización.
Esto significa que el inicio de la regulación no implica que todas las personas sean sancionadas desde el 1 de julio, pero sí que deberán iniciar el trámite antes de la fecha límite para evitar futuras sanciones.
¿Cuáles serán las sanciones por incumplir la nueva regulación?
Una vez concluido el periodo de regularización, quienes circulen sin cumplir con las nuevas obligaciones podrán ser sancionados por:
- Circular sin placas.
- No registrar el vehículo.
- No portar licencia de conducir, cuando ésta sea obligatoria.
- Incumplir las reglas de circulación previstas para este tipo de vehículos.
Las autoridades capitalinas informaron que las multas podrán ir de 10 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), dependiendo de la infracción cometida. Además, los conductores deberán respetar las restricciones para circular por banquetas, ciclovías y demás espacios regulados por el Reglamento de Tránsito.
En conclusión: el Gobierno de la Ciudad de México busca incorporar a los scooters eléctricos de mayor potencia al mismo esquema de obligaciones que ya existe para otros vehículos motorizados, con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y brindar mayor certeza jurídica a este medio de transporte.

