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Puente fiestas patrias: ¿qué pasaría si un trabajador falta a trabajar 3 días?

¿Ya tienes planes para las fiestas patrias, pero todavía no pides permiso en el trabajo? Con el 16 de septiembre en miércoles, descansar desde el lunes puede resultar tentador. 

Pero antes de faltar el 14, 15 y 16 de septiembre, conviene saber qué consecuencias legales podrías enfrentar. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la ley sobre las faltas injustificadas? 

Primero es importante recordar que no habrá un puente obligatorio de tres días por la celebración de las fiestas patrias. 

Ausentarse esas tres fechas no significa acumular automáticamente tres faltas injustificadas. Si el lunes 14 y martes 15 te corresponde trabajar y faltas sin permiso ni justificación, sumarías dos ausencias. En cambio, el miércoles 16 es descanso obligatorio.

Así lo establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), razón por la que las fiestas patrias no generan un puente obligatorio de tres días. El descanso corresponde únicamente al 16 de septiembre.

La situación cambia para quienes deban trabajar ese miércoles conforme al artículo 75, que regula la prestación de servicios durante los días festivos. En ese caso, ausentarse sin permiso ni causa justificada podría sumar una tercera falta.

Pero es importante recordar que quienes sí trabajen el 16 de septiembre tendrán derecho al salario correspondiente más un pago doble. Es decir, un pago triple en total por esa jornada.

¿Tres faltas injustificadas son motivo de despido?

Tres faltas, por sí solas, no cumplen una causa de despido por inasistencias prevista en la LFT. El artículo 47 señala que debe haber “más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días”, sin permiso del patrón o sin causa justificada.

Esto significa que deben acumularse al menos cuatro faltas injustificadas dentro de ese periodo para que el patrón pueda rescindir la relación laboral por ese motivo. No es necesario que sean consecutivas.

Aquí también cuentan las ausencias previas. Por ejemplo, si una persona ya tenía dos faltas injustificadas dentro del mismo periodo de 30 días y vuelve a faltar el 14 y 15 de septiembre, podría completar las cuatro que establece la ley.

En conclusión: para descansar el puente de fiestas patrias, la mejor opción es acordar con anticipación un permiso o vacaciones y conservar la autorización del jefe. 

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