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¿Puedes faltar al trabajo después de un temblor? Esto dice la ley

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Cada vez que ocurre un sismo en México surge la misma duda entre los trabajadores: ¿se puede faltar al trabajo sin que te descuenten el día o te sancionen?

El marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que hay situaciones extraordinarias en las que una ausencia puede estar justificada. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.

Suspensión de labores en caso de sismo

El artículo 42 Bis de la LFT señala que la relación laboral puede suspenderse de manera temporal “cuando la autoridad competente declare la suspensión de labores, en caso de contingencia sanitaria o de fuerza mayor”.

Un sismo entra en esta categoría de fuerza mayor, siempre que exista una declaratoria oficial de suspensión de actividades emitida por Protección Civil o la autoridad laboral.

Lo que ocurre en la práctica

En situaciones de emergencia, tal como la ocurrida en el fuerte sismo de 2017, la Secretaría del Trabajo y las autoridades locales han aclarado que la seguridad de los trabajadores es prioritaria.

Por lo que si un inmueble resulta dañado, no cuenta con dictamen estructural o representa un riesgo, los trabajadores no deben regresar hasta que se garantice su integridad.

En esos casos, la ausencia se considera justificada y el patrón no puede sancionar ni descontar el salario.

Obligaciones de patrones y trabajadores

El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo también obliga a las empresas a contar con planes de protección civil y rutas de evacuación.

Además, tras un temblor, corresponde al patrón verificar que las instalaciones sean seguras antes de reanudar labores.

Por su parte, el trabajador debe informar a su empleador sobre cualquier impedimento real para presentarse, como daños en transporte, vivienda o riesgo en el trayecto.

En conclusión, sí se puede faltar al trabajo tras un temblor, pero no de manera automática. La ausencia solo estará justificada si existe una declaratoria oficial de suspensión, o si el centro de trabajo no garantiza condiciones seguras. La ley protege al trabajador frente a riesgos mayores y obliga al patrón a priorizar la seguridad.

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