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¿Puede una norma prohibir la enseñanza del lenguaje inclusivo? Esto dice la SJCN 

El uso del lenguaje inclusivo ha generado discusiones dentro y fuera de las aulas. Pero, ¿una ley puede impedir que el uso de esas formas de expresión entre docentes y estudiantes? 

La Suprema Corte respondió esta duda al estudiar una disposición educativa de Chihuahua. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto. 

¿Qué dice la Corte sobre el lenguaje inclusivo? 

Al resolver las Acciones de Inconstitucionalidad 127/2025 y su acumulada 133/2025, el Pleno de la SCJN determinó que una norma educativa no puede utilizarse para prohibir ni desalentar la enseñanza del lenguaje inclusivo.

El caso surgió por el artículo 8, fracción XXVIII, de la Ley Estatal de Educación de Chihuahua. Esta disposición establece como uno de los fines de la educación “fomentar el uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del idioma español”.

Aunque durante la discusión se expresaron opiniones en contra del lenguaje inclusivo, esa prohibición no apareció en el texto finalmente aprobado. Por esta razón, la Corte mantuvo vigente el artículo, pero aclaró que no puede interpretarse como un impedimento para abordar este lenguaje en las escuelas.

En otras palabras: enseñar las reglas del español y explicar el lenguaje inclusivo no son actividades incompatibles. La sentencia señala que las reglas lingüísticas cambian con el tiempo y que su enseñanza no excluye otras formas de comunicación.

El máximo tribunal también reconoció que el lenguaje inclusivo puede ayudar a visibilizar a las mujeres, combatir los estereotipos de género y avanzar hacia una igualdad real.

Se trata de una enseñanza que forma parte del deber constitucional de ofrecer una educación con perspectiva de género y libre de prejuicios.

¿Se limita la libertad de expresión? 

Para la SCJN, fomentar el conocimiento de la gramática y la ortografía busca que las y los estudiantes puedan expresar sus ideas con claridad, pero no autoriza a las escuelas a censurar opiniones o contenidos.

La norma se refiere a la forma en que se utiliza el idioma, no a las ideas que pueden comunicarse. Por ello, no impide que estudiantes y docentes hablen sobre determinados temas ni restringe por sí misma la libertad de enseñanza.

La Corte también descartó que el artículo permita castigar o señalar a quienes utilicen el lenguaje inclusivo. Su alcance se limita a promover el aprendizaje de las reglas del español sin cerrar el paso a otras expresiones.

De esta forma, las autoridades educativas de Chihuahua no podrán apoyarse en la disposición para retirar contenidos, impedir debates o desincentivar la enseñanza del lenguaje inclusivo.

¿La norma obliga a enseñar solamente en español?

La Corte aclaró que la disposición tampoco convierte al español en la única lengua permitida dentro de las escuelas. Su contenido debe aplicarse junto con el derecho a recibir una educación intercultural, plurilingüe e inclusiva.

Esto significa que fomentar la gramática y la ortografía del español no desplaza la enseñanza de lenguas indígenas ni reduce los derechos lingüísticos de sus pueblos y comunidades.

En conclusión: enseñar las reglas del español no puede convertirse en un pretexto para prohibir el lenguaje inclusivo o prohibir otras lenguas y formas de comunicación.

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