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Playas limpias, justicia ambiental: un reto compartido desde el derecho

A partir de mi adscripción a una de las Salas Especializadas en materia ambiental del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, procuro mantenerme informada sobre los acontecimientos más relevantes del país en materia ambiental. Fue así como recientemente me llamó la atención la presentación oficial de la Estrategia Nacional de Limpieza de Playas y Costas, una iniciativa impulsada por el Ejecutivo Federal para atender los altos niveles de contaminación que aquejan a nuestras zonas costeras.

Esta estrategia busca intervenir 63 playas en 17 estados del país, cubriendo 12 mil kilómetros de litoral. Se priorizan destinos turísticos como Acapulco, Progreso y Puerto Vallarta, por su relevancia económica y ambiental. La propuesta responde a un dato alarmante: México genera diariamente 15 mil toneladas de plástico, de las cuales el 80% termina en costas y playas, y solo el 9% se recicla.

Ante esta emergencia, la estrategia propone acciones concretas como jornadas de limpieza con la participación de la Secretaría de Marina, organizaciones civiles, estudiantes y comunidades locales. La meta es ambiciosa: retirar 3 mil toneladas de basura anualmente durante los próximos cinco años. Sin embargo, su éxito dependerá de una coordinación efectiva entre Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y autoridades estatales y municipales, pues la protección del medio ambiente es una obligación constitucional y compartida por todos los niveles de gobierno.

Para ilustrar la dimensión jurídica de este tema, traigo a colación un caso que conoció el Tribunal en 2018, relativo a una fiesta celebrada sin autorización en una isla ubicada en el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, una Área Natural Protegida (ANP). En dicho evento se instalaron carpas, bocinas, sombrillas y se usó pirotecnia, lo que dejó tras de sí basura inorgánica y posibles daños a nidos de tortuga marina. Tras una denuncia ciudadana, la PROFEPA realizó una inspección, acreditó la falta de autorización ambiental y sancionó al responsable.

El asunto llegó al Tribunal por medio de una inconformidad contra la multa impuesta. En este tipo de procedimientos, corresponde analizar si la autoridad actuó conforme a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, entre otras. Es decir, si se probó la conducta infractora y si la sanción fue proporcional al daño causado.

El Tribunal confirmó la infracción y la competencia de PROFEPA, aunque ajustó el monto de la multa para hacerla proporcional a la solvencia económica del sancionado. Este precedente es relevante porque reafirma la obligación de contar con autorizaciones en ANPs, protege la biodiversidad, como los nidos de tortuga, y fortalece el principio constitucional del derecho a un medio ambiente sano garantizando que las sanciones se impongan con legalidad y proporcionalidad.

En conclusión, la Estrategia Nacional de Limpieza de Playas y Costas no solo refleja un compromiso político, sino que se inscribe en un entramado normativo      -constitucional, legal e internacional- que exige a México garantizar la protección y el aprovechamiento sostenible de sus recursos costeros.

Ahora que se acerca la temporada de vacaciones, debemos recordar que frente al tamaño del desafío ambiental que representa la contaminación plástica, no basta con buenas intenciones. Se requieren políticas públicas efectivas, presupuestos adecuados, coordinación interinstitucional y, sobre todo, una ciudadanía informada y activa. Porque el medio ambiente, como derecho humano, también es un deber colectivo y a todos nos toca cuidar las playas de nuestro país.

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