Pensión alimenticia: ¿por qué se debe aplicar la perspectiva de género en juicios de divorcio?
En un juicio de divorcio no basta con revisar quién tiene ingresos o un negocio propio. Para impartir justicia, los jueces también deben analizar las desigualdades económicas que se generan dentro del matrimonio, especialmente cuando una de las partes —generalmente las mujeres— ha dedicado gran parte de su vida al trabajo doméstico y de cuidados.
Así lo confirmó un juzgado federal al resolver un juicio de amparo relacionado con una pensión alimenticia, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto.
El caso: pensión alimenticia durante el divorcio
De acuerdo con la resolución, un hombre y una mujer iniciaron un proceso de divorcio y, durante el trámite, el juez determinó fijar una pensión alimenticia a favor de ella. El hombre impugnó esta decisión al considerar que vulneraba sus derechos, argumentando que la mujer podía sostenerse económicamente con su propio negocio.
Al no obtener una resolución favorable, promovió un juicio de amparo, solicitando que se dejara sin efectos la pensión decretada.
El caso refuerza que la perspectiva de género no es un criterio opcional, sino una herramienta indispensable para evitar decisiones que perpetúen desventajas económicas tras la disolución del vínculo matrimonial.
El trabajo doméstico sí genera un impacto económico
Al analizar el asunto, el Juzgado de Distrito concluyó que la pensión era procedente y negó el amparo. La autoridad judicial explicó que el análisis debía realizarse con perspectiva de género, ya que “el trabajo doméstico y de cuidados genera un desequilibrio económico”, al limitar las oportunidades laborales y dificultar la incorporación plena al mercado de trabajo.
El juzgado destacó que este tipo de labores, aunque no remuneradas, sí producen consecuencias económicas reales, por lo que no pueden ser ignoradas al momento de fijar una pensión alimenticia.
¿Por qué no basta con tener un negocio propio?
La resolución también dejó claro que el simple hecho de que una mujer cuente con un negocio o alguna fuente de ingresos no elimina automáticamente la desigualdad económica generada durante la vida en común. En palabras del criterio judicial, estas condiciones deben analizarse de forma integral, considerando el contexto y los roles asumidos durante el matrimonio.
Por ello, el juzgado determinó que la pensión no vulneraba derechos, sino que buscaba corregir el desequilibrio económico derivado de la distribución desigual del trabajo doméstico y de cuidados.
En conclusión, este criterio refuerza la obligación de las autoridades judiciales de juzgar con perspectiva de género en asuntos familiares, particularmente en materia de pensión alimenticia, para garantizar decisiones más justas y acordes con la realidad social.

