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Pago de utilidades 2025: ¿Qué trabajadores no tendrán derecho a cobrarlas?

El reparto de utilidades es un pago que reconoce el desempeño de los trabajadores como un factor determinante para generar las ganancias de las empresas, negocios o del patrón. Sin embargo, algunas personas no tendrán derecho a cobrar dicha prestación.

El objetivo del sitio “El Mundo del Derecho” es brindarte información de calidad, es por ello que a continuación te damos los detalles sobre el derecho nulo al pago de utilidades.

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¿Qué personas quedan excluidas del reparto de utilidades?

A pesar de que el reparto de utilidades es un derecho que se encuentra establecido en el artículo 123 de la Constitución, dicha prestación no aplicará para distintas personas:

Estas son los trabajadores que no tendrán derecho al pago de utilidades 2025:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que presenten sus servicios a través del pago de honorarios.
  • También se exenta del reparto de utilidades a las empresas que sean de nueva creación, específicamente durante su primer año de funcionamiento.

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¿Qué personas sí tienen derecho al pago de utilidades?

Afortunadamente el resto de los trabajadores mexicanos sí tendrán derecho a cobrar el reparto de utilidades, tal como se establece en el artículo 123 de la Constitución.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) establece dos fechas límite para realizar el reparto de utilidades; la primera sería entre el 1 de abril y hasta el 30 de mayo y aplicaría para las personas que se desempeñan para una persona moral o empresa

Mientras que aquellas personas que laboran directamente para una persona física, un patrón, podrán cobrar la prestación de las utilidades hasta la fecha límite del 29 de junio del año en curso.

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