Motos eléctricas: ¿quiénes NO deben tramitar placas de forma obligatoria?
¿Tienes un scooter o una bicicleta eléctrica? Entonces es probable que te hayas preguntado si las nuevas reglas de movilidad en la Ciudad de México te obligarán a tramitar placas para seguir circulando.
Aunque la medida sí aplicará para determinados vehículos, las reformas contemplan excepciones para unidades que cumplan con ciertas características técnicas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto.
¿Quiénes NO están obligados a tramitar placas?
De acuerdo con las nuevas disposiciones, los vehículos clasificados como Vehículos Eléctricos Personales (VEP) permanecerán exentos del emplacamiento obligatorio.
En esta categoría se encuentran principalmente bicicletas eléctricas de pedaleo asistido, scooters ligeros y monopatines eléctricos urbanos que cumplan con determinadas características técnicas.
Para quedar exentos deberán:
- Tener una velocidad máxima de hasta 25 kilómetros por hora.
- Contar con un motor de hasta 250 watts de potencia.
- No poseer características estructurales similares a las de una motocicleta.
Esto significa que los vehículos eléctricos ligeros diseñados para trayectos cortos y movilidad personal seguirán operando bajo reglas distintas a las aplicables para motocicletas y otros vehículos motorizados.
Nuevas reglas surgen de reformas
La obligación de tramitar placas para ciertos scooters y motos eléctricas deriva de las reformas al Reglamento de Tránsito y al Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, presentadas por la jefa de Gobierno, Clara Brugada.
Las modificaciones incorporan nuevas categorías de movilidad eléctrica y establecen reglas específicas para los llamados Vehículos Eléctricos Personales (VEP) y los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y brindar mayor certeza sobre las obligaciones que deben cumplir sus conductores.
A partir de estas reformas, las autoridades determinaron qué vehículos deberán portar placas, licencia y otros requisitos para circular en la capital del país.
Con estas modificaciones, el Gobierno de la Ciudad de México busca diferenciar los vehículos eléctricos de baja velocidad de aquellos que, por sus características de circulación, representan riesgos similares a los de una motocicleta y requieren una regulación más estricta.

