¿Los juicios penales pueden alargarse indefinidamente? Esto dice la Corte
Enfrentar un juicio penal no solo implica esperar una sentencia. También significa vivir durante meses o incluso años bajo la incertidumbre de una acusación, mientras las autoridades continúan reuniendo pruebas o realizando diligencias.
Pero, ¿esa situación puede prolongarse sin límite? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte?
La Suprema Corte determinó que los procesos penales no pueden prolongarse de manera injustificada, ya que la Constitución establece plazos máximos para que una persona sea juzgada y solo permite ampliarlos cuando ello sea necesario para garantizar su derecho de defensa, no para beneficiar a la parte acusadora.
El criterio fue fijado al resolver el Amparo Directo en Revisión 7039/2024, en el que el máximo tribunal señaló que esos plazos forman parte del derecho al debido proceso y deben respetarse durante el desarrollo del juicio.
¿Qué ocurrió en el caso analizado?
El tema surgió después de que un hombre acusado de un delito renunció inicialmente al plazo constitucional para ser juzgado. Sin embargo, una vez que consideró desahogadas todas las pruebas, solicitó el cierre de la etapa de instrucción para que el proceso continuara hacia la sentencia.
Pese a ello, la persona juzgadora permitió que el Ministerio Público siguiera aportando y perfeccionando pruebas durante un año, un mes y 21 días más, lo que prolongó el juicio.
Al revisar el caso, la SCJN concluyó que esa ampliación no buscó proteger el derecho de defensa del acusado, sino dar más tiempo a la parte acusadora para fortalecer su caso.
En consecuencia, el Máximo Tribunal consideró que se rompió el equilibrio procesal y se vulneraron derechos como el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia.
¿Qué resolvió la Corte?
Como consecuencia de ese análisis, la Suprema Corte ordenó excluir las pruebas que el Ministerio Público presentó o perfeccionó después de que la defensa solicitó el cierre de la instrucción.
Asimismo, revocó la sentencia impugnada y ordenó emitir una nueva resolución sin tomar en cuenta esos elementos probatorios.
En conclusión: el criterio de la SCJN dejó claro que el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable no es una simple formalidad. Las autoridades no pueden mantener abierto un proceso penal de manera injustificada para seguir reuniendo pruebas que fortalezcan la acusación, ya que ello afecta el equilibrio entre las partes y las garantías del debido proceso.

