¿Las mascotas tendrán derecho a manutención y cuidados? Esto propone el Congreso de la CDMX
Perros, gatos y otros animales de compañía forman parte de millones de hogares. Pero cuando una relación de pareja termina, la legislación no siempre ofrece reglas claras sobre quién debe hacerse responsable de su cuidado.
Esa situación es la que busca atender una iniciativa presentada en el Congreso de la Ciudad de México para incorporar un plan de cuidados de las mascotas en casos de divorcio, separación o terminación del concubinato. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te contamos los detalles.
¿En qué consiste la iniciativa?
La diputada Luisa Fernanda Ledesma Alpízar, del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para adicionar una fracción VII al artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, con el propósito de que los convenios de divorcio regulen expresamente el cuidado de los llamados seres sintientes de compañía.
La propuesta plantea que las personas puedan acordar quién asumirá la custodia del animal, cómo se distribuirán los gastos relacionados con su alimentación, atención veterinaria y demás cuidados indispensables, además de contemplar la posibilidad de establecer un esquema de cuidado compartido cuando ello favorezca su bienestar.
En la exposición de motivos, la legisladora señala que “la legislación debe evolucionar, garantizando un enfoque que no solo considere los derechos humanos, sino también el bienestar de los seres no humanos que forman parte de nuestras familias”, al considerar que los animales de compañía forman parte del entorno afectivo de miles de hogares.
¿Qué aspectos podrían incluirse en el convenio de divorcio?
De aprobarse la iniciativa, el convenio de divorcio podría incorporar un plan de cuidados que establezca aspectos relacionados con la custodia del animal, la distribución de los gastos para su manutención, la atención veterinaria, la alimentación, los periodos de convivencia y cualquier otra medida necesaria para garantizar su bienestar.
La propuesta también prevé que, cuando no exista acuerdo entre las partes, la autoridad judicial pueda valorar elementos como el tiempo disponible para su cuidado, las condiciones del lugar donde vivirá el animal, la capacidad económica de cada persona e, incluso, posibles antecedentes de negligencia o maltrato antes de resolver quién será responsable del ser sintiente.
Asimismo, el juez podría determinar un esquema de cuidado compartido cuando considere que esa alternativa representa la mejor opción para proteger al animal.
Reconocimiento de los animales como seres sintientes
La reforma parte del reconocimiento de que los animales de compañía no deben ser tratados únicamente como bienes dentro de un procedimiento familiar, sino como seres sintientes cuyo bienestar merece protección jurídica.
En ese sentido, la diputada Luisa Fernanda Ledesma sostiene que “la convivencia con mascotas ha evolucionado en las últimas décadas”, por lo que considera necesario actualizar el Código Civil para responder a una realidad en la que perros, gatos y otros animales forman parte del núcleo familiar.
Por ahora, la propuesta iniciará su análisis en el Congreso de la Ciudad de México. En caso de ser aprobada, el artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal incorporaría por primera vez un marco específico para que los convenios de divorcio contemplen la manutención, los cuidados y las condiciones necesarias para proteger el bienestar de los animales de compañía, privilegiando siempre el interés del ser sintiente.

