¿Las escuelas militarizadas están permitidas en México? Esto dijo la SEP
El reciente fallecimiento de la estudiante Dafne Zapata Quintos durante un campamento organizado por una academia militarizada puso bajo la lupa este tipo de instituciones y generó una duda: ¿realmente están permitidas por la ley en México?
Ante la polémica, la Secretaría de Educación Pública (SEP) fijó su postura y explicó qué dice la legislación sobre este modelo educativo. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la SEP sobre las escuelas militarizadas?
La Secretaría de Educación Pública (SEP) aseguró que la educación militarizada no está autorizada por la legislación mexicana para la educación básica. A través de un comunicado, la dependencia señaló que ningún plantel puede ofrecer el servicio educativo bajo las denominaciones “militarizada”, “militar”, “castrense” o cualquier otra similar que implique una formación de carácter militar para niñas, niños y adolescentes.
El funcionario Mario Delgado explicó que la educación básica debe desarrollarse conforme a los principios previstos en la Constitución y en la Ley General de Educación, por lo que cualquier modelo que sustituya esos fines por una disciplina de carácter militar resulta incompatible con el sistema educativo nacional.
Asimismo, enfatizó que ninguna forma de violencia, maltrato o abuso puede justificarse como parte de un proceso formativo, ya que el interés superior de la niñez debe prevalecer en cualquier espacio educativo.
¿Qué establece la ley sobre este tipo de educación?
La postura de la SEP encuentra sustento en el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual reconoce el derecho a la educación y establece que ésta debe impartirse con base en el respeto a los derechos humanos, la igualdad sustantiva y el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Estos principios también se desarrollan en la Ley General de Educación. En particular, el artículo 7 dispone que la educación impartida por el Estado y por los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial debe colocar en el centro la dignidad de las personas, fomentar una cultura de paz y promover el respeto irrestricto de los derechos humanos.
Por su parte, el artículo 8 de la misma ley señala que el proceso educativo debe orientarse al desarrollo integral de las y los estudiantes, privilegiando su bienestar físico, emocional y social.
Con base en estas disposiciones, la SEP concluyó que la educación militarizada no constituye una modalidad educativa reconocida por el marco jurídico mexicano, ya que sus fines no corresponden a los objetivos previstos para la educación básica.
En conclusión: todos los planteles que impartan educación básica, ya sean públicos o privados, deben sujetarse a los principios establecidos en la Constitución y en la Ley General de Educación, garantizando en todo momento la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

