¿Es obligatorio que los trabajadores tengan vacaciones de invierno? Esto dice la ley
Cuando llegan las fechas decembrinas, muchos trabajadores se preguntan: ¿tengo derecho a que me den vacaciones en invierno? ¿Mi patrón puede obligarme o rechazarlo?
Aunque pareciera lógico que todos tienen derecho a descansar en la temporada de fin de año, la legislación laboral mexicana establece una realidad muy distinta. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
La ley no obliga a dar vacaciones en invierno
La Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce el derecho de toda persona trabajadora a disfrutar vacaciones pagadas, pero no establece que deban otorgarse en diciembre, Navidad o Año Nuevo.
Lo que sí dice la ley —artículos 76 a 81— es que:
• Las vacaciones se generan después de un año de servicios.
• El periodo mínimo es de 12 días, que aumenta con la antigüedad.
• El patrón debe concederlas dentro de los seis meses posteriores a cumplir el año.
• El trabajador tiene derecho a una prima vacacional mínima de 25%.
Es decir, existen vacaciones obligatorias, pero no un periodo “invernal obligatorio” para todos.
¿Qué pasa si no he cumplido un año trabajando?
Aquel trabajador que aún no haya cumplido un año laborando pasará una terrible Navidad, debido a que todavía no genera el derecho a vacaciones.
Es decir que la empresa o el patrón no están obligados a otorgarle vacaciones, ni en invierno ni en ninguna otra fecha. Pero no todo está perdido, algunas compañías permiten permisos especiales y eso ya depende de cada política interna.
En conclusión, las “vacaciones de invierno” no son un derecho automático en México. Así que, si estás planeando descansar en diciembre, lo mejor es solicitarlo con anticipación, confirmar tus días generados y llegar a un acuerdo formal con tu empleador.

