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Día Internacional de la Mujer: ¿las mujeres tienen derecho a descansar el 8 de marzo?

El 8 de marzo no es una fecha cualquiera, el Día Internacional de la Mujer se ha convertido en uno de los días con mayor movilización social en México. Pero surge una inquietud: ¿existe un derecho laboral para no trabajar ese día?

La respuesta no está en la agenda social, sino en la Ley Federal del Trabajo (LFT) que establece con claridad cuáles son los días de descanso obligatorio en el país. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

8M no es un día de descanso obligatorio

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 8 de marzo no está reconocido como día de descanso obligatorio.

El artículo 74 de la ley enumera las fechas oficiales en las que no se trabaja —como el 1 de enero, el 1 de mayo o el 16 de septiembre— y el Día Internacional de la Mujer no forma parte de esa lista. Por lo tanto:

• Es una jornada laboral normal.

• Si una trabajadora falta sin autorización, puede aplicarse descuento del día.

• En casos reiterados, podría haber sanciones conforme al reglamento interno.

En términos estrictamente jurídicos, no existe un permiso automático por ley.

¿Por qué algunas empresas si dan el 8M a las mujeres? 

Aunque no sea obligatorio, muchas empresas e instituciones han decidido otorgarlo como medida interna.

Esto puede responder a:

• Políticas de igualdad y perspectiva de género.

• Programas de responsabilidad social.

• Decisiones administrativas voluntarias.

La ley permite que los empleadores otorguen beneficios adicionales a los mínimos establecidos, por lo que conceder el día libre es válido, pero no exigible.

Pero es importante aclarar que no otorgar el 8 de marzo como descanso no constituye discriminación en sí misma, ya que no es un derecho reconocido como obligatorio.

Sin embargo, cualquier trato desigual, represalia o sanción desproporcionada podría analizarse bajo los principios de igualdad y no discriminación que también protege la Ley Federal del Trabajo.

En conclusión: el 8 de marzo tiene un peso social creciente en México, pero en el ámbito laboral sigue siendo, por ahora, una jornada ordinaria. La diferencia entre asistir al trabajo o sumarse a las actividades conmemorativas dependerá más del diálogo interno en cada centro laboral que de una disposición expresa en la ley.

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