Día de muertos: ¿el 1 y 2 de noviembre serán días de descanso obligatorio?
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El aroma del pan de muerto, las flores de cempasúchil y las ofrendas llenas de tradición anuncian la llegada del Día de Muertos.
Pero junto con la celebración también surge cada año una duda común: ¿los días 1 y 2 de noviembre son feriados oficiales de descanso obligatorio en México? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
Lo que dice la Ley Federal del Trabajo
La respuesta es no. De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio no incluyen ni el 1 ni el 2 de noviembre.
Pero, ¿qué significa esto para trabajadores? En el ámbito laboral: al no ser feriados oficiales, los empleadores no están obligados a otorgar descanso ni a pagar doble en caso de que se trabaje. No obstante, algunas empresas pueden dar estos días como prestación adicional o parte de políticas internas.
Aunque no se trata de días feriados oficiales, en la práctica muchas personas aprovechan estas fechas para participar en las ofrendas, visitas a panteones y actividades culturales que forman parte del Día de Muertos, patrimonio cultural inmaterial de la humanidad reconocido por la UNESCO.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
El artículo 74 de la LFT establece que los días de descanso obligatorio son:
- 1 de enero.
- Primer lunes de febrero (en conmemoración del 5 de febrero).
- Tercer lunes de marzo (en conmemoración del 21 de marzo).
- 1 de mayo.
- 16 de septiembre.
- Tercer lunes de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre).
- 25 de diciembre.
En conclusión, el Día de Muertos no es una celebración oficial. Sin embargo, siempre está la opción de revisar las políticas internas de cada empresa o llegar a un acuerdo con tu jefe.
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