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¿Cuándo se actualiza la indemnización de un seguro? Esto resolvió la justicia federal

Si una aseguradora tarda en pagar una indemnización pueden surgir muchas dudas entre los beneficiarios: ¿se empiezan a generar intereses por mora desde que ocurre el siniestro o cuando se presenta la demanda? 

La justicia federal ya fijó un criterio obligatorio para aclararlo. En una tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación, los Plenos Regionales en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur resolvieron cuándo se actualiza la indemnización por mora en contratos de seguro. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

El criterio obligatorio 

La respuesta es precisa: a partir del vencimiento de los 30 días siguientes a que la aseguradora recibió los documentos e información necesarios para conocer el fundamento de la reclamación.

Así lo establece la tesis —de carácter jurisprudencial— establece:

“Los eventuales intereses moratorios se generarán a partir del vencimiento de los treinta días posteriores en que la institución de seguros recibe los documentos e información”.

Es decir, no basta con que ocurra el siniestro ni con que exista una demanda. El punto clave es el momento en que la aseguradora cuenta formalmente con los elementos necesarios para analizar y resolver la reclamación.

La actualización por mora comienza una vez que transcurre el plazo legal de 30 días sin que se haya efectuado el pago correspondiente.

¿Por qué 30 días?

El criterio se basa en una interpretación sistemática del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro y del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

De acuerdo con la resolución, los intereses moratorios:

“Se generarán a partir de la fecha del vencimiento del plazo con que cuente legalmente para su cumplimiento”.

Ese plazo legal es precisamente de 30 días contados desde que la aseguradora recibió la documentación completa que le permita conocer el fundamento de la reclamación.

¿Qué implica para los asegurados?

Este criterio es relevante porque evita interpretaciones contradictorias sobre el momento en que comienza la mora.

Cuando las víctimas o terceros ejercen acción directa contra la aseguradora por responsabilidad civil, la actualización de la indemnización no depende del dictado de una sentencia, sino del incumplimiento del plazo legal posterior a la recepción formal de la reclamación.

El mensaje es claro: si la aseguradora ya recibió toda la documentación necesaria y deja pasar más de 30 días sin pagar, comienzan a generarse intereses por mora.

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