¿Cómo se sanciona el acoso laboral entre compañeros? Esto dice la ley
[vc_row][vc_column][vc_column_text]
El reciente caso de “Papayita”, que se volvió viral tras conocerse que Carlos Gurrola falleció presuntamente luego de una broma pesada en su centro de trabajo, ha generado una profunda indignación en redes sociales y abrió el debate sobre el acoso laboral en México.
Más allá del impacto mediático, lo importante es entender que este tipo de conductas tienen consecuencias legales y que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece sanciones claras para quienes incurren en ellas o las permiten. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
¿Qué es el acoso laboral?
Aunque la LFT no emplea directamente el término “acoso laboral” —también conocido como mobbing—, sí reconoce conductas como hostigamiento y actos de violencia psicológica, verbal o discriminatoria entre compañeros, superiores o subordinados.
Estos comportamientos afectan la dignidad de las personas trabajadoras, su integridad emocional y su derecho a un ambiente libre de violencia.
¿Qué sanciones aplica la ley por el acoso laboral?
La legislación mexicana contempla diferentes tipos de sanciones cuando se demuestra un caso de acoso laboral, tales como:
- Multas administrativas: los artículos 994 y 995 de la LFT establecen sanciones económicas que van de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes cometan o toleren actos de hostigamiento o acoso dentro de los centros de trabajo.
- Rescisión laboral justificada: la víctima puede terminar la relación de trabajo sin responsabilidad alguna si demuestra haber sido objeto de acoso u hostigamiento grave. Esto implica que el trabajador conserva sus derechos a indemnización y prestaciones.
- Obligación patronal de prevención: las empresas están obligadas a contar con protocolos internos para prevenir, denunciar y sancionar la violencia laboral. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha emitido lineamientos específicos que incluyen mecanismos de denuncia confidenciales, capacitación y medidas de seguimiento.
- Reformas en discusión: actualmente se debaten propuestas para fortalecer la legislación con sanciones más severas. Una de ellas busca imponer multas que van de aproximadamente 28,000 hasta más de 565,000 pesos a los centros de trabajo que toleren el acoso laboral.
Lo que falta regular
Si bien existen mecanismos de sanción, la LFT todavía no incluye una definición integral de “acoso laboral” que abarque todos los supuestos posibles.
Esto genera dificultades probatorias, ya que la víctima debe presentar evidencia suficiente del daño sufrido, como testimonios, mensajes o reportes médicos.
Además, las sanciones penales solo se aplican cuando el acoso está vinculado a otros delitos, como discriminación o violencia de género, lo que deja vacíos legales en algunos escenarios.
En conclusión, el acoso entre compañeros no es un simple problema de convivencia laboral: tiene repercusiones jurídicas y económicas. La ley protege a las víctimas con la posibilidad de rescindir la relación de trabajo sin sanción y establece multas importantes contra quienes cometen o permiten estas prácticas. Sin embargo, el marco legal sigue en evolución, y se espera que las reformas en discusión fortalezcan aún más la protección de los trabajadores y trabajadoras frente a estas conductas.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

