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Ley Silla: ¿cuándo entrará en vigor y a qué trabajadores beneficiará?

La “Ley Silla” es una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que busca mejorar las condiciones laborales de personas que desempeñan sus funciones estando de pie durante periodos prolongados y está a pocos días de entrar en vigor.

Esta nueva disposición legal establece que los empleadores deberán proporcionar asientos adecuados y permitir descansos periódicos para proteger la salud de sus trabajadores, aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te compartimos los detalles al respecto.

¿Desde cuándo comenzará a aplicarse?

El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024, y como lo establece la legislación, entrará en vigor 180 días después de su publicación, es decir, a partir del 17 de junio de 2025.

Desde esa fecha, las empresas estarán legalmente obligadas a cumplir con esta normativa. No hacerlo podría derivar en sanciones económicas.

¿Qué tipo de trabajadores serán beneficiados?

La Ley Silla está diseñada principalmente para trabajadores que pasan la mayor parte del día de pie, especialmente en sectores como comercio, servicios y seguridad. Entre los perfiles laborales que podrán beneficiarse de esta disposición se encuentran:

  • Cajeros y personal de tiendas
  • Guardias de seguridad
  • Meseros y personal de restaurante
  • Cocineros y ayudantes de cocina
  • Personal de limpieza y mantenimiento
  • Empleados de mostrador, taquilleros y demostradores
  • Trabajadores de almacén o atención al cliente

En muchos casos, estos trabajadores no contaban con condiciones que les permitieran tomar pausas adecuadas, lo que puede derivar en desgaste físico y afectaciones a la salud a largo plazo.

¿Qué cambios deben implementar las empresas?

A partir de la entrada en vigor de la ley, los empleadores deberán proporcionar sillas con respaldo u otros medios adecuados para que sus trabajadores puedan utilizarlos durante las pausas o cuando las actividades lo permitan. También deberán habilitar áreas específicas de descanso dentro de sus instalaciones.

Además, se establece que no se puede obligar a los trabajadores a mantenerse de pie durante toda su jornada laboral, salvo en los casos estrictamente necesarios por la naturaleza de su función.

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